Resolución N° 907/019 El activo denominado Registro Nacional de Organizaciones Habilitadas (RENAOH) se clasifica como Confidencial
Agrégase a la clasificación de activos de la Dirección General de Desarrollo Rural dispuesta en la Resolución Ministerial N° 156/013, de 19 de febrero de 2013 el activo denominado Registro Nacional de Organizaciones Habilitadas (RENAOH), clasificándolo como Confidencial, siendo el Responsable del Activo el Director General de Desarrollo Rural.
VISTO: la necesidad de clasificar un activo de información de la Dirección General de Desarrollo Rural;
RESULTANDO:
- con fecha 19 de febrero de 2019 la Dirección General de Desarrollo Rural (DGDR) remitió para análisis y consideración, al Comité Técnico creado por Resolución Ministerial N° 1589/014, de 23 de diciembre de 2014, el activo de información de Registro Nacional de Organizaciones Habilitadas (RENAOH), creado por el artículo 8 de la Ley N° 19.292, de 16 de diciembre de 2014;
- que tanto la Dirección General de Desarrollo Rural y el citado Comité Técnico recomendaron clasificar el mencionado activo como Confidencial, por contener información patrimonial y datos que requieren el previo consentimiento informado;
CONSIDERANDO:
- que el artículo 10 de la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008, incluye dentro de la información confidencial la referente al patrimonio de las personas o datos que requieran previo consentimiento informado;
- pertinente proceder del modo propuesto;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008, Decreto N° 232/010, de 2 de agosto de 2010, y Resoluciones Ministeriales Nos. 156/013, de 19 de febrero de 2013 y 1589/014, de 23 de diciembre de 2014;
EL MINISTRO DE GANADERÍA AGRICULTURA Y PESCA
RESUELVE:
- Agrégase a la clasificación de activos de la Dirección General de Desarrollo Rural dispuesta en la Resolución Ministerial N° 156/013, de 19 de febrero de 2013 el activo denominado Registro Nacional de Organizaciones Habilitadas (RENAOH), clasificándolo como Confidencial, siendo el responsable del Activo el Director General de Desarrollo Rural.
- Por la División Administración General dése cuenta a la Dirección General de Desarrollo Rural. Cumplido, siga a la Unidad de Comunicación Organizacional y Difusión a fin de la publicación de lo dispuesto en la sección de Transparencia del sitio web institucional y en la página web de la Secretaría de Estado. Vuelto que sea, archívese.
Ing. Agr. ENZO BENECH
MINISTRO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA