Resolución N° 109/018 DGSG Se extienden las autorizaciones para pastoreo de animales en la vía pública

Autorízase a la División Sanidad Animal, a través de sus Oficinas competentes, a extender autorizaciones para pastoreo en la vía pública en los departamentos determinados por las resoluciones DGSG Nº 57 de 8 de febrero y Nº 85 de 26 de febrero de 2018, y en los departamentos de Cerro Largo, Treinta y Tres, Rocha, Soriano, Colonia Florida y Flores, en los términos establecidos en el decreto Nº 343/006 de junio de 2006, durante el lapso de 60 (sesenta) días a partir de la fecha de aprobación de la presente resolución.

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REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS

Montevideo, 9 de marzo de 2018

DGSG/Nº 109/018

VISTO: la persistencia de las condiciones climáticas causantes de déficit hídrico en el territorio nacional;

RESULTANDO: I) por resoluciones DGSG Nº 57 de 8 de febrero y Nº 85 de 26 de febrero del corriente, se autorizó a la División Sanidad Animal, a través de sus Oficinas competentes, a extender autorizaciones para pastoreo en la vía pública a los productores ganaderos cuyos establecimientos se encuentren afectados por la sequía, en los términos establecidos en el decreto Nº 343/006 de junio de 2006 por el término de 30 días en algunas zonas del territorio nacional;

II) la persistencia de la situación climática imperante, se agudiza, con afectación cada vez mayor, de las pasturas, praderas y reservas forrajeras en general, siendo susceptibles de causar perjuicios graves a los productores agropecuarios, en virtud del riesgo de pérdida de ganado y propagación de enfermedades;

CONSIDERANDO: I) la situación climática imperante, amerita la extensión de las medidas de excepción dispuestas por la normativa precitada, a los departamentos de Cerro Largo, Treinta y Tres, Rocha, Soriano, Colonia Florida y Flores, a fin de proteger la situación de la ganadería nacional;

II) conveniente y necesario, extender autorizaciones para pastoreo de animales en la vía pública los productores afectados por la sequía, durante el término de 60 (sesenta) días en las zonas determinadas por las resoluciones DGSG Nº 57 de 8 de febrero y Nº 85 de 26 de febrero del corriente, y en las dispuestas en el numeral precedente;

III) la opinión favorable del Sr. Ministro de esta Secretaría de Estado;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto; a lo dispuesto por la ley Nº 3,606 del 13 de abril de 1910; decreto Nº 343/006 de junio de 2006; artículo 25 de la Ley Nº 18.362 de 6 de octubre de 2008; artículo 160 de la Ley 18.834 del 7 de noviembre de 2011; y resolución del Poder Ejecutivo de 1º de marzo de 2017,

LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS

RESUELVE:

1. Autorízase a la División Sanidad Animal, a través de sus Oficinas competentes, a extender autorizaciones para pastoreo en la vía pública en los departamentos determinados por las resoluciones DGSG Nº 57 de 8 de febrero y Nº 85 de 26 de febrero de 2018, y en los departamentos de Cerro Largo, Treinta y Tres, Rocha, Soriano, Colonia Florida y Flores, en los términos establecidos en el decreto Nº 343/006 de junio de 2006, durante el lapso de 60 (sesenta) días a partir de la fecha de aprobación de la presente resolución.

2. Comuníquese a la División Industria Animal; División Laboratorios Veterinarios (DILAVE); División Sanidad Animal y, por su intermedio, notifíquese a todas las oficinas de Montevideo e interior del país.

3. Dese cuenta al Sr. Ministro; a la Dirección General de Secretaría y al SNIG.

4. Publíquese en el Diario Oficial y en la Página Web del MGAP.

 

Firmante: Dr. Eduardo Barre Albera - Director General

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