Resolución N° 193/018 DGSG Requisitos documentales para el ingreso a eventos de concentración de animales de la especie equina

Requisitos documentales para los eventos de concentración de animales de la especie equina tales como remates feria, enduros, raids, equitación, criollas, domas, eventos tradicionales, carreras en hipódromos.

escudo10

REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS

Montevideo, 18 de junio de 2018.

DGSG Nº 193/2018

VISTO: la situación sanitaria actual en relación a Influenza Viral Equina en el territorio nacional;

RESULTANDO: I) por resolución DGSG Nº 185 de 11 de junio de 2018, se dispusieron medidas sanitarias adecuadas, a fin de minimizar el riesgo de difusión de la enfermedad, en virtud de la confirmación mediante análisis del laboratorio oficial, de cuadros clínicos compatibles, en equinos deportivos en los departamentos de Salto, Paysandú y Colonia;

II) se han constatado recientemente, nuevos casos de equinos con signos clínicos de Influenza, en los departamentos de Río Negro, San José, Canelones y Montevideo;

III) que la rápida propagación de la enfermedad, resulta de una evolución esperada, como consecuencia de la baja cobertura de vacunación contra la Influenza Equina en el territorio nacional;

IV) el modelo de presentación de enfermedad se caracteriza por poseer vínculos epidemiológicos que superan las medidas sanitarias oportunamente dispuestas;

CONSIDERANDO: necesario revisar las medidas sanitarias dispuestas, procurando minimizar el riesgo de propagación de la enfermedad, y disminuir el impacto económico de la misma;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley Nº 3.606 de 13 de abril de 1910 y modificativas; artículo 215 de la ley Nº 18.362 de 6 de octubre de 2008; a lo establecido en las normas y recomendaciones de la Organización Mundial de Sanidad Animal y resolución del Poder Ejecutivo de fecha 1º de marzo de 2017;

LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS

RESUELVE:

 

1.- Sustitúyase el numeral 3 de la resolución DGSG Nº 185/018 de 11 de junio de 2018, por la siguiente redacción: “Autorízanse los eventos de concentración de animales de la especie equina tales como remates feria, enduros, raids, equitación, criollas, domas, eventos tradicionales, carreras en hipódromos, los cuales deberán ingresar acompañados de la siguiente documentación:

a) Guía de Propiedad y Tránsito o Pasaporte Equino, según corresponda;

b) Certificado extendido por veterinario de libre ejercicio habilitado, que haga constar que: i)los animales fueron vacunados contra la Influenza y Rinoneumonitis equina; y ii) los animales no presentan signos clínicos de enfermedades infecto-contagiosas; y iii) demás requisitos exigidos por la normativa vigente”.

2.- Dejase sin efecto el numeral 2 de la resolución DGSG Nº 185/018 de 11 de junio de 2018.

3.- Las transgresiones a las disposiciones precedentes, darán lugar a la aplicación de las sanciones legalmente establecidas.

4.- Comuníquese a las Divisiones Sanidad Animal, Industria Animal y DILAVE, y a todas las dependencias de esta Dirección General de Montevideo e interior del país.

5.- Dese cuenta a la Dirección General de Secretaría y a la Unidad de Asuntos Internacionales.

6.- Publíquese en el Diario Oficial y en la página Web del MGAP.

7.- Difúndase, publíquese, etc.

 

Firmante: Dr. Eduardo Barre Albera - Director General

Descargas

Etiquetas