Resolución N° 2/023 DGDR inscripción y habilitación de la Sociedad de Fomento Rural de Salto en el RENAOH

Apruébese la inscripción y habilitación de la Sociedad de Fomento Rural de Salto en el RENAOH, por un plazo inicial de dos años.

VISTO: La solicitud de inscripción y habilitación de la Sociedad de Fomento Rural de Salto, en el Registro Nacional de Organizaciones Habilitadas (RENAOH) que depende de la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca.

 

RESULTANDO: I) que la referida organización ha cumplido con los requisitos establecidos por la normativa vigente.

                         II) que el Comité Técnico, con fecha 4 de mayo de 2023, informa fundadamente y sugiere la aprobación definitiva de la solicitud de inscripción debidamente presentada, por un plazo inicial de 2 años.

 

CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la aprobación de la inscripción y habilitación de la referida organización en el RENAOH.

 

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, y a lo preceptuado por la Ley Nº 19.292 de 16 de diciembre de 2014, Decreto Nº 86/015, de 27 de febrero de 2015 y las Resoluciones ministeriales Nº 493 y Nº 496 de 22 de junio de 2016.

 

EL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO RURAL EN EJERCICICO DE ATRIBUCIONES DELEGADAS

RESUELVE:

1º) Apruébese la inscripción y habilitación de la Sociedad de Fomento Rural de Salto en el RENAOH, por un plazo inicial de 2 años.

2º) Notifíquese a la Sociedad de Fomento Rural de Salto, a la Agencia Reguladora de Compras Estatales (ARCE), al Área de Promoción socio-laboral del Ministerio de Desarrollo Social y a la Dirección General de la Granja.

3º) Publíquese en el Diario oficial y en la página web del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca.

4º) Cumplido, archívese.

 

Ing. Agr. Carlos Rydström

Director de la Dirección Gral. Desarrollo Rural

MGAP

 

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