Resolución N° 21/025 Determínase la nómina de beneficiarios del Crédito Fiscal titulares de explotaciones agropecuarias
VISTO: la Ley N° 18.747, de 22 de abril de 2011 y el Decreto N° 294/011, de 16 de agosto de 2011;
RESULTANDO: I) que por el artículo 2° de la mencionada Ley N° 18.747, se faculta al Poder Ejecutivo a otorgar a los titulares de explotaciones agropecuarias que sean contribuyentes del Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios, un crédito fiscal por una cifra equivalente al 10% (diez por ciento) de las inversiones realizadas a partir del 1º de diciembre de 2010 para el acceso al agua para uso productivo; y, por el artículo 3°, se establece que el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca tendrá a su cargo la administración, reconocimiento y control del crédito fiscal referido;
II) que el mencionado Decreto N° 294/011, reglamentario de la Ley N° 18.747, establece las condiciones y límites para el otorgamiento del crédito fiscal señalado en el numeral anterior;
III) que de fs. 2 a 72, luce la documentación que la Dirección General de Desarrollo Rural evaluó de los datos de las solicitudes del beneficio fiscal de referencia, que cumplen con los requisitos correspondientes;
CONSIDERANDO: que se entiende pertinente avalar el listado de beneficiarios fiscales remitidos por la Dirección General de Desarrollo Rural;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo preceptuado por la Ley N° 18.747, de 22 de abril de 2011 y el Decreto N° 295/011, de 16 de agosto de 2011;
EL MINISTRO INTERINO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
RESUELVE:
1º) Determínase la nómina de beneficiarios del crédito fiscal a que refiere el artículo 2° de Ley N° 18.747, de 22 de abril de 2011 y su Decreto reglamentario N° 294/011, de 16 de agosto de 2011, en los titulares de explotaciones agropecuarias que seguidamente se identifican, y por los siguientes montos:
Nro. de RUT | Denominación | Monto del Crédito | Fecha de exigibilidad |
190110700017 | POLLO RODRIGUEZ MARCELO | 27.893 | 30/11/2024 |
110188700017 | GARCIA LUBERTO OSCAR | 279.115 | 31/10/2024 |
216825560011 | REYES MOIZO HORACIO Y REYES MOIZO VALENTINA | 105.776 | 31/12/2024 |
50139790019 | DESCHENAUX RODRIGUEZ HAROLDO GABRIEL | 71.948 | 31/05/2023 |
190061270018 | LOPEZ LUCAS ALCIDES RAFAEL | 123.346 | 30/11/2024 |
2°) Por la División Administración General dese cuenta a la Dirección General Impositiva y a la Dirección General de Desarrollo Rural quien comunicará a cada productor el reconocimiento de su crédito.
3°) Cumplido, publíquese en la página Web de esta Secretaría de Estado.
4°) Oportunamente, archívese.