Resolución N° 234/021 DGSG Aprobación del modelo de "Documento de Identificación Individual (reseña)" y actualización de la nómina de medicamentos veterinarios para la especie equina

Se aprueba el modelo de "Documento de Identificación Individual (reseña)", que deberá acompañar a la Guía de Propiedad y Tránsito en las condiciones establecidas por la normativa vigente en la materia. Actualización de la nómina de medicamentos veterinarios (principios activos) registrados en la División Laboratorios Veterinarios para la especie equina.

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REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS

Montevideo, 12 de agosto de 2021

DGSG Nº 234/2021

VISTO: lo dispuesto por el Decreto N° 169/010 de 31 de mayo de 2010 y la resolución de esta Dirección General N°92/010 de 14 de julio de 2010, modificativas y concordantes;

RESULTANDO: I) el artículo 1º del Decreto N° 169/010 de 31 de mayo de 2010, comete a esta Dirección General, la determinación de las condiciones, requisitos y procedimientos para la puesta en funcionamiento del sistema, así como las condiciones de identificación, comercialización y movimiento de equinos con dicho destino;

II) asimismo, el artículo 3º de la norma reglamentaria precitada, establece que los equinos con destino a acopios, deben ser identificados mediante caravana, e ir acompañados de un Documento de Identificación Individual (reseña), el cual tendrá el carácter de declaración jurada;

III) de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 7º del decreto precitado, se comete a la Dirección General de Servicios Ganaderos, el mantenimiento actualizado de una nómina de medicamentos veterinarios (principios activos) cuya administración requiera tiempos de espera especiales y cuyo suministro deberá únicamente realizarse mediante receta de médico veterinario de libre ejercicio;

IV) adicionalmente se dispone el uso obligatorio de la Planilla de Contralor Interno y la Planilla Sanitaria en todos los establecimientos que posean equinos a cualquier título;

V) la resolución N° 92/010 de 14 de julio de 2010, dispone los mecanismos necesarios para el registro y control sanitario de equinos con destino a plantas de faena habilitadas para exportación, a fin de facilitar la actividad de certificación sanitaria;

VI) Asimismo, establece la nómina de medicamentos veterinarios (principio activos) cuya administración requiere que el tiempo de espera para el envío de equinos a faena, sea de 6 meses;

VII) de acuerdo a lo establecido por el decreto Nº 290/013 de 13 de septiembre de 2013, compete a la Dirección General de Servicios Ganaderos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a través de sus dependencias competentes, el control de la propiedad y existencias de semovientes en establecimientos y en tránsito, y la certificación de la condición higiénico-sanitaria de importación y exportación de animales, para mejorar la situación sanitaria nacional y satisfacer las condiciones requeridas por los mercados internacionales;

CONSIDERANDO: I) necesario aprobar el modelo de “Documento de Identificación Individual (reseña)” al amparo de la normativa vigente en la materia;

II) necesario publicar y difundir la nómina de medicamentos veterinarios (principios activos) registrados en la División Laboratorios Veterinarios para la especie equina;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la ley Nº 3.606 de 13 de abril de 1910, Decreto Nº 700/973 de 23 de agosto de 1973, erigido en
ley Nº 14.165 de 7 de marzo de 1974; artículos 282 de la ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996; artículo 144 de la Ley N° 13.835 de 7 de enero de 1970 en la redacción dada por el artículo 134 de la Ley Nº 18.996 de 7 de noviembre de 2012 y articulo 285 de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996 en la redacción dada por el artículo 87 de la Ley N° 19.535 de 25 de septiembre de 2017; Decreto Nº 289/974 de 18 de abril de 1974 en la redacción dada por el Decreto N° 300/019 de 9 de octubre 2019; Decreto Nº 915/988 de 28 de diciembre de 1988; Decreto Nº 160/997 de 21 de mayo de 1997; Decreto N° 169/010 de 31 de mayo de 2010, Decreto Nº 290/013 de 13 de septiembre de 2013; Resolución DGSG N° 92/010 de 14 de julio de 2010; Resolución DGSG N° 437/017 de 22 de diciembre de 2017 en la redacción dada por la Resolución DGSG N° 110/018 de 12 de marzo de 2018 y Resolución DGSG N°242/018 de 20 de agosto de 2018; Resolución del Poder Ejecutivo de 22 de abril de 2021;

LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS

RESUELVE

1. Apruebase el modelo de “Documento de Identificación Individual (reseña)” que se adjunta y se tiene como parte integrante de la presente resolución. El mismo deberá acompañar a la Guía de Propiedad y Tránsito en las condiciones establecidas por la normativa vigente en la materia.

2. Actualizase la nómina de medicamentos veterinarios (principios activos) registrados en la División Laboratorios Veterinarios para la especie equina, la cual se adjunta y forma parte integrante de la presente resolución. La misma se mantendrá actualizada en la página web oficial del MGAP.

3. El incumplimiento de lo establecido en la presente resolución, impedirá la extensión del Certificado Sanitario Internacional de exportación, expedido por la División Industria Animal, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto por artículo 144 de la Ley N° 13.835 de 7 de enero de 1970 en la redacción dada por el artículo 134 de la Ley Nº 18.996 de 7 de noviembre de 2012 y artículo 285 de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996 en la redacción dada por el artículo 87 de la Ley N° 19.535 de 25 de septiembre de 2017.

4. Comuníquese a las Divisiones Sanidad Animal, Industria Animal y Laboratorios Veterinarios.

5. Dese cuenta al Sistema Nacional de Identificación Ganadera.

6. Comuníquese a la Sociedad de Medicina Veterinaria y a la Mesa de Sanidad de los Équidos.

7. Publíquese en el Diario Oficial y en la Página Web del MGAP.

Firmante: Dr. Diego de Freitas Netto - Director General de Servicios Ganaderos

 

Nómina de medicamentos veterinarios (principios activos) - equinos

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