Resolución N° 28/022 DINARA Actualización medidas relativas a renovaciones de Permisos de Pesca Artesanal y Permisos desde Tierra para la Zona K

Se autoriza todas las solicitudes relativas a renovaciones de Permisos de Pesca Artesanal y Permisos desde Tierra para la Zonas K (de la Resolución de DINARA N° 012/002 de 28 de enero de 2002) presentados ante esta Dirección a partir del 01/03/2020, darán lugar a la expedición de un nuevo permiso de pesca, siempre que se cumplan además con los demás requisitos exigidos a tales efectos.

Montevideo, 1 de febrero de 2022.

VISTO: la Resolución de DINARA N' 388/15 de 30 de diciembre de 2015;

RESULTANDO:

  • I) que por la Resolución citada se establecieron una serie de medidas para la ordenación de la pesca artesanal y desde tierra en cuanto a la recepción y otorgamiento de incorporaciones y permisos de pesca;
  • II) que en virtud de dicho ordenamiento el otorgamiento de permisos desde tierra y artesanales se encuentra cerrado en la Zona K (Lagunas del Litoral Atlántico incluyendo afluentes) definidas por el numeral 1° de la Resolución de DINARA N° 012/02 de 28 de enero de 2002;
  • III) que en la actualidad existen solicitudes de renovación de permisos desde tierra y artesanales para dichas zonas presentados con posterioridad a su vencimiento;

CONSIDERANDO:

  • I) que además de la pesca artesanal con embarcación, la pesca desde tierra en la Zona K tiene características zafrales sensiblemente diferentes a otras pesquerías desde tierra en las demás zonas;
  • II) la trascendencia social y económica de esta actividad tanto a nivel nacional como local y departamental con especial atención a la emergencia sanitaria que continua vigente;
  • III) pertinente dar continuidad a los trámites de renovación de permisos de pescador desde tierra y artesanales iniciados a partir del 01/03/2020 así como abrir un periodo para que se presenten solicitudes de interesados cuyos permisos tanto desde tierra como artesanales se encuentren vencidos con posterioridad al 01/03/2020, con el fin de regularizar dichas situaciones en la Zonas K, apuntando al aprovechamiento responsable de los recursos y a su adecuada explotación;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley N° 19.175 de 20 de diciembre de 2013, el artículo 23 del Decreto N° 115/018 de 24 de abril de 2018 y a la Resolución del Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca N° 1263/14 de 20 de octubre de 2014 que delega en el Director de la DINARA las atribuciones referidas al otorgamiento de permisos de pesca artesanal y desde tierra; 

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS

RESUELVE:

  1. Autorizar todas las solicitudes relativas a renovaciones de Permisos de Pesca Artesanal y Permisos desde Tierra para la Zonas K (de la Resolución de DINARA N° 012/002 de 28 de enero de 2002) presentados ante esta Dirección a partir del 01/03/2020, darán lugar a la expedición de un nuevo permiso de pesca, siempre que se cumplan además con los demás requisitos exigidos a tales efectos.
  2. Para aquellos Permisos de Pesca Artesanal y Permisos desde tierra para la Zona K que se encuentren vencidos a partir del 01/03/2020, sin haberse solicitado aún su renovación se otorga un plazo hasta el 18 de febrero de 2022 para inicial' el trámite correspondiente en las Oficinas de DINARA en UGEPA en La Paloma, Rocha y en Punta del Este, Maldonado, se darán lugar a la expedición de un nuevo permiso de pesca, siempre que se cumplan además con los demás requisitos exigidos a tales efectos.
  3. Publíquese y comuníquese. 

Dr. Jaime Coronel Lascano

Director Nacional de Recursos Acuáticos

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