Resolución N° 291/017 de DINARA: Prorroga el levantamiento de la veda a la  almeja amarilla hasta completar el cupo

Prorrogar el levantamiento de la veda dispuesta según Resolución N° 024/17 de 7 de febrero de 2017 para la extracción de la especie Almeja amarilla (Mesodesma mactroides), en la zona comprendida entre la desembocadura del Canal Andreoni y el Arroyo Chuy, hasta completar el cupo remanente.

VISTO: la Resolución de DINARA N° 163/2017 de 9 de junio de 2017;

RESULTANDO:

  1. que por la referida resolución se dispuso prorrogar el levantamiento de la veda dispuesta según Resolución N° 024/17 de 7 de febrero de 2017 para la extracción de la especie Almeja amarilla (Mesodesma mactroides), en la zona comprendida entre la desembocadura del Canal Andreoni y el Arroyo Chuy, hasta el 20 de agosto de 2017 o hasta completar el cupo remanente, lo que ocurra primero;
  2. que conforme a los informes técnicos efectuados a la fecha el cupo establecido para la zafra aún no ha sido alcanzado;
  3. que el grupo de almejeros de la zona ha manifestado que el cupo no ha logrado cubrirse fundamentalmente debido a las inclemencias del tiempo y a las detecciones de marea roja en la zona;

CONSIDERANDO: pertinente por tanto, en virtud de lo expuesto y de la situación actual del recurso extender el período de zafra a los efectos de completar el cupo oportunamente autorizado;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el Art. art. 12 literal b numeral 6 de la Ley N° 19.175 de 20 de diciembre de 2013 y al Art. 37 del Decreto N° 149/997 de 7 de mayo de 1997;

LA DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS

RESUELVE:

  1. Prorrogar el levantamiento de la veda dispuesta según Resolución N° 024/17 de 7 de febrero de 2017 para la extracción de la especie Almeja amarilla (Mesodesma mactroides), en la zona comprendida entre la desembocadura del Canal Andreoni y el Arroyo Chuy, hasta completar el cupo remanente.
  2. La extracción deberá realizarse principalmente en la Zona A (cercanías del Arroyo Chuy) -a Barra-Puimayen- y de la Zona E (La Coronilla), debido a que a partir del mes de diciembre esas zonas están reservadas para actividades recreativas
  3. Comuníquese, publíquese, etc.

Dr. Rolando Daniel Gilardoni

Director General

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