Resolución N° 307/019 de DGSG: Créase el "Área de Acreditación de Certificación Sanitaria de aves con destino a plantas de faena habilitadas para exportación"
REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS
Montevideo, 24 de octubre de 2019
DGSG/Nº307/019
VISTO: el sistema de acreditación de veterinarios de libre ejercicio dispuesto por la ley Nº17.950 de 8 de enero de 2006 y modificativas;
RESULTADO: l) la Ley Nº3.606 de 13 de abril de 1910, comete a la Dirección General de Servicios Ganaderos, el control sanitario de importaciones y exportaciones de animales y productos de origen animal;
ll) el artículo 290 de la ley Nº19.355 de 19 de diciembre de 2015 creó la Unidad Coordinadora de Sanidad e Inocuidad Avícola, en la órbita de la Dirección General de Servicios Ganaderos del MGAP, con los cometidos de desarrollar un programa estratégico integral en materia de sanidad e inocuidad de las aves y sus productos; así como también, considerar las estrategias de control y erradicación de enfermedades, coordinando con instituciones públicas y privadas involucradas; proponer los procedimientos de certificación higiénico sanitaria que abarque la producción, intermediación e industrialización de aves y sus productos con destino al abasto y a la exportación y coordinar las actividades de control y certificación con el Sistema Nacional de Información Ganadera (SNIG), entre otros;
III) el artículo 132 de la ley Nº19.670 de 15 de octubre de 2018, faculta a la Dirección General de Servicios Ganaderos a crear un sistema de certificación sanitaria de la cadena de avícola incluyendo los establecimientos de producción; acopios; intermediación e industrialización de aves y huevos;
CONSIDERANDO: l) necesario, proceder a la implementación de la acreditación de veterinarios de libre ejercicio de acuerdo a lo establecido en el decreto Nº 171/007 de 9 de mayo de 2007, para la certificación sanitaria de aves con destino a plantas de faena habilitadas para la exportación;
ll) necesario encomendar al Comité de Acreditación la elaboración del plan de capacitación a aplicar en la mencionada área de acreditación, en coordinación con el Departamento de Programas Sanitarios de la División Sanidad Animal y el Departamento de Establecimientos de Faena de la División de Industria Animal;
III) la Dirección General de Servicios Ganaderos, dispone de recursos necesarios para la implementación del programa de acreditación relativo a las actividades de control sanitario mediante certificación de aves;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la ley Nº3.606 de 13 de abril de 1910, complementarias, concordantes y modificativas; ley Nº
17.950 de 27 de diciembre de 2005 y sus modificativas; decreto Nº171/007 de 9 de mayo de 2007 y resolución del Poder Ejecutivo de 1ºde marzo de 2017;
LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS
RESUELVE:
1, Crease el "Área de Acreditación de Certificación Sanitaria de aves con destino a plantas de faena habilitadas para la exportación"
- Disponerse la acreditación de veterinarios de libre ejercicio en el Área de Acreditación especificada en el numeral precedente.
Cométase al Comité de Acreditación creado por el decreto Nº171/007 de 9 de mayo de 2007, la elaboración del Plan de capacitación para el Área de Acreditación de la referencia, en coordinación con el Departamento de Programas Sanitarios de la División Sanidad Animal y el Departamento de Establecimientos de Faena de la División de Industria Animal;
- Notifíquese a los integrantes del Comité de Acreditación.
- Comuníquese a las Divisiones Sanidad Animal, Industria Animal y Laboratorios Veterinarios Miguel C. Rubino (DILAVE) y por su intermedio, a todas las dependencias de la Dirección General de Servicios Ganaderos en Montevideo e Interior del país.
- Dese cuenta a la Facultad de Veterinaria, Sociedad de Medicina Veterinaria y Academia Nacional de Veterinaria.
- Publíquese en el Diario Oficial; en la página Web del MGAP y en las carteleras de todas las dependencias de las Divisiones integrantes de esta Dirección General de Montevideo e Interior del país para conocimiento público.
- Difúndase, publíquese, etc.
Firmante: Dr. Eduardo Barre Albera - Director General