Resolución N° 32/025 Nuevo plazo de extracción de almeja amarilla

La Dirección Nacional de recursos Acuáticos autoriza, en forma excepcional, un nuevo plazo para la extracción de la especie almeja amarilla (Mesodesma mactroides), a partir de la fecha de la presente Resolución (ver link) hasta el día 28 de febrero de 2025, o hasta completar los cupos de captura autorizados en la Resolución de la DINARA Nº 328/2024 de 31 de octubre de 2024 (setenta y un kilos para cada pescador desde Tierra con permiso vigente).

RESOLUCIÓN Nº 32/2025

DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS

Montevideo, 5 de febrero de 2025

VISTO: la Resolución de la DINARA Nº 328/2024 de 31 de octubre de 2024 por la cual se autorizó la extracción de la especie almeja amarilla (Mesodesma mactroides), en la zona comprendida entre la desembocadura del Canal Andreoni y el Arroyo Chuy (Departamento de Rocha); 

RESULTANDO: que por la citada Resolución se autorizó́ la extracción de la especie almeja amarilla (Mesodesma mactroides) desde el 01 de noviembre de 2024 y hasta el 31 de enero de 2025, correspondiendo un cupo total de captura de 71 (setenta y un) kilos para cada pescador desde Tierra con permiso vigente;

CONSIDERANDO: I) Que por fuerza mayor no fue posible extraer la especie de referencia en atención a las condiciones meteorológicas adversas;

II) Que a criterio de la Administración, analizados los partes de pesca presentados por los Pescadores desde Tierra, que tienen carácter de declaración jurada, el promedio de extracción total asignado por pescador, quedó muy por debajo de los 71 (setenta y un) kilos de captura referidos anteriormente;

III) Que resulta pertinente fijar un nuevo periodo de extracción, de forma excepcional, con el fin de minimizar el impacto producido en los Pescadores desde Tierra locales de la zona y analizar el resultado total de la captura de la especie mencionada anteriormente;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el literal B numeral 6 del artículo 12 de la Ley No 19.175 del 20 de diciembre de 2013 y el artículo 120 del Decreto No 115/018 del 24 de abril de 2018, y a la Resolución del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca Nº 33/2023 de 10 de enero de 2023 que delega en el Director General de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos lo concerniente al otorgamiento de permisos de pesca para embarcaciones de hasta trece metros con ochenta centímetros de eslora total o de pescadores desde tierra;

LA DIRECCION NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS

RESUELVE:

1°) Autorizar, en forma excepcional, un nuevo plazo para la extracción de la especie almeja amarilla (Mesodesma mactroides), a partir de la fecha de la presente Resolución hasta el día 28 de febrero de 2025, o hasta completar los cupos de captura autorizados en la Resolución de la DINARA Nº 328/2024 de 31 de octubre de 2024 (setenta y un kilos para cada pescador desde Tierra con permiso vigente). 

2°) Se recuerda la obligación de presentar los partes de pesca que tienen carácter de declaración jurada.

3°) Pase al Sector Comunicaciones a efectos de subir la presente Resolución a la web de la DINARA. Fecho, comuníquese a la UGEPA, al Área de Recursos Bentónicos del Departamento de Biología Pesquera, a la Unidad de Pesca Artesanal, a la Prefectura de La Paloma, a la Sub Prefectura del Chuy, a la Intendencia de Rocha. Cumplido, publíquese.

 

Firma: Álvaro Irazoqui, Director Nacional de Recursos Acuáticos

 

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