Resolución N° 344/017 de DINARA: Realiza un llamado a aspirantes a permiso de pesca comercial en Zona J (Laguna Merín)
Solo podrán inscribirse quienes no sean titulares de permiso de pesca comercial artesanal, tengan antigüedad comprobable en la actividad pesquera artesanal y residan en la zona para la cual se inscriban. No podrán inscribirse quienes hayan sido poseedores de permiso de pesca y lo hayan transferido, salvo justificación fundada.
VISTO: la Resolución de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos Nº 351/2015 de 28 de octubre de 2015;
RESULTANDO:
- que por la que referida Resolución se dispuso realizar un llamado abierto a interesados en formar parte de un Registro de aspirantes a Permiso de Pesca Artesanal para algunas zonas entre las que se encuentra la zona J de la Resolución de DINARA 012/02 de 28 de enero de 2002;
- que dicho llamado resultó una herramienta efectiva para la regularización de los pescadores y por tanto para el ordenamiento de la pesquería;
CONSIDERANDO:
- que los análisis realizados sugieren continuar con el ordenamiento de la actividad conducente al aprovechamiento responsable de los recursos y a su adecuada explotación;
- que actualmente es bajo el número de Permisos de Pesca vigentes en la Zona J;
- que el numeral 6º de la Resolución citada estableció que el próximo llamado abierto a interesados en formar parte de un Registro a Aspirantes seria efectuado de acuerdo a las posibilidades de cada zona y según lo entienda pertinente la DINARA;
- que el artículo 46 de la Ley 19.175 de 20 de diciembre de 2013 establece que la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos facilitará cuando proceda, el acceso preferencial a los recursos pesqueros y acuícolas a las poblaciones locales;
- pertinente por tanto realizar un nuevo llamado a Registro a Aspirantes a Permisos de Pesca Comercial Artesanal para la Zona J;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley N° 19.175 de 20 de diciembre de 2013, a la Resolución de DINARA Nº 351/2015 de 28 de octubre de 2015 y Nº 012/02 de 28 de enero de 2002;
EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS
RESUELVE:
- Realizar un llamado abierto a interesados en formar parte de un Registro de Aspirantes a Permiso de Pesca Comercial Artesanal para la Zona J así definida por el numeral 1º de la Resolución de DINARA Nº 012/02 de 28 de enero de 2002.
- Solo podrán inscribirse quienes no sean titulares de permiso de pesca comercial artesanal, tengan antigüedad comprobable en la actividad pesquera artesanal y residan en la zona para la cual se inscriban. No podrán inscribirse quienes hayan sido poseedores de permiso de pesca y lo hayan transferido, salvo justificación fundada.
- Las inscripciones para integrar dicho registro se recibirán entre el 15 de enero y el 15 de febrero de 2018 en las oficinas de DINARA y en las dependencias de la Prefectura Nacional Naval correspondientes a la Zona J. A tales efectos los interesados deberán completar en dicho plazo los formularios correspondientes anexando toda la información requerida en los mismos y/o documentación pertinente.
- Solo se otorgarán constancias de incorporación para la Zona J a solicitudes que integren el registro de aspirantes y para embarcaciones que no superen las 4 (cuatro) TRB (Toneladas de Registro Bruto).
- Las constancias de incorporación de embarcaciones artesanales para la Zona J, otorgadas con anterioridad a la presente Resolución, carecerán de todo valor, debiendo sus titulares inscribirse en el presente llamado en caso de desear integrar el registro de aspirantes y acceder en el futuro a un permiso de pesca artesanal.
- El próximo llamado abierto a interesadas en formar parte de un Registro de Aspirantes a Permiso de Pesca Artesanal para la Zona J será efectuado de acuerdo a las posibilidades de la misma y según lo entienda pertinente la DINARA quien en su oportunidad dará la más amplia difusión.
- Publíquese en el Diario Oficial y sitio web de DINARA y comuníquese.
Dr. ROLANDO DANIEL GILARDONI
DIRECTOR NACIONAL DE RECURSOS ACUATICOS.