Resolución N° 35/017 de DGSG - Sanidad Animal

Actualízase la nómina de Seccionales Policiales, caracterizadas como de riesgo a brucelosis bovina, según el siguiente detalle:

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DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS

DIVISIÓN SANIDAD ANIMAL

Montevideo, 4 de abril de 2017.

Resolución S.A. Nº 35/2017

VISTO: lo dispuesto por el decreto N° 100/008 de fecha 18 de febrero de 2008 en relación al programa sanitario contra la brucelosis bovina en el territorio nacional;

RESULTANDO:

  1. la Resolución DGSG N° 41/008 de 3 de junio de 2008, determina las zonas de riesgo a brucelosis bovina;

CONSIDERANDO:

  1. la información proporcionada por las oficinas Regionales y Departamentales de Montevideo e interior del país;
  2. conveniente, en aplicación de lo establecido en el artículo 8º del decreto N° 100/008 de 18 de febrero de 2008, actualizar la nómina de las zonas caracterizadas como de riesgo a brucelosis bovina en todo el territorio nacional;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto; a lo establecido en la Ley N° 3.606 de fecha 23 de abril de 1910; Decreto N° 100/008 de 18 de febrero de 2008 y Resolución DGSG/ N° 41 de fecha 3 de junio de 2008;

LA DIRECCIÓN DE LA DIVISIÓN SANIDAD ANIMAL

RESUELVE

  1. Actualízase la nómina de Seccionales Policiales caracterizadas como de riesgo a brucelosis bovina, según el siguiente detalle:

Artigas: 3a, 4a, 5a, 6a, 7a, 8a, 9a, 11a, 12a.

Canelones: 8a, 11a; 13a.

Cerro Largo: 3a, 4a, 5a, 6a, 8a, 9a, 10, 11a, 12a, 13a, 14a ,16a.

Colonia: 5a, 6a, 13a, 18a.

Durazno: 4a, 14a.

Florida: 8a, 9a, 14a.

Lavalleja: 6a, 8a, 10a.

Maldonado: 2a.

Paysandú: 4a, 5a, 6a, 7a, 8a, 9a, 10, 11a, 12a.

Rio Negro: 4a, 5a, 6a, 7a, 8a, 9a, 10a, 11a ,12a.

Rivera: 5a. 8a.

Rocha: 2a, 3a, 4a.

Salto: 6a, 7a, 8a, 10a, 11a, 12a, 16a.

San José: 4a, 8a.

Soriano: 4a, 5a, 10a.

Tacuarembó: 5a, 7a, 8a, 9a, 14a, 15a, 16a.

Treinta y Tres: 2a, 6a, 7a, 10a.

  1. Comuníquese a los Departamentos de Campo, Programas Sanitarios, Control de Comercio Internacional, Control Sanitario de Lácteos y Servicios Ganaderos Zonales y Locales.
  2. Comuníquese a las Divisiones Industria Animal, DILAVE y DICOSE; a la Unidad de Epidemiología y al Sistema Nacional de Información Ganadera.
  3. Comuníquese al Departamento de Comunicaciones Institucionales.
  4. Publíquese en la página Web del M.G.A.P., difúndase, etc

Firmante: Dr. Carlos Fuellis Colombo - Encargado de la División Sanidad Animal

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