Resolución N° 357/022 MGAP Contratación de los Directores Departamentales de la Dirección General de Secretaría

Se autoriza la contratación, en calidad de Directores Departamentales de la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", de las personas que se detallan en la presente resolución.

VISTO: estos antecedentes relacionados con la contratación de 19 (diecinueve) Directores Departamentales, para desempeñar tareas en la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría" del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca;

RESULTANDO: I) que por Resolución del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca Nº 950 de 16 de setiembre de 2020, Resolución ampliatoria Nº 1466 de 19 de noviembre de 2020 y Resolución modificativa Nº 1671 de 7 de diciembre de 2021, se autorizó el Llamado Público Abierto Nº 2000/2020, para la contratación de Directores Departamentales, para desempeñar tareas en los 19 Departamentos del País (un cargo para cada Departamento), en la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría'', del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca;

II) que el Tribunal interviniente ha sustanciado las etapas correspondientes al proceso de selección y elevó el orden de prelación resultante para realizar la contratación de Directores Departamentales para la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría". Por Actas Nº 6, Fallo Final y Complementaria Fallo Final del Tribunal, de fechas 24 y 27 de diciembre de 2021 respectivamente, se estableció el orden de prelación de los postulantes seleccionados y por resolución del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca Nº 56 de 21 de enero de 2022, se homologó dicho fallo;

III) que se solicitó informe a la Oficina Nacional del Servicio Civil y a la Contaduría General de la Nación;

CONSIDERANDO: que habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto por la normativa vigente, nada obsta a las contrataciones promovidas;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Art. 297 de la Ley Nº 19.355 de 19 de diciembre de 2015 y por el Art. 124 de la Ley 19.670 de 15 de octubre de 2018:

EL MINISTRO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

RESUELVE:

1°) Autorízase la contratación, en calidad de Directores Departamentales de la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", a las personas que se detallan a continuación:

NombresApellidosDocumentoDepartamento
GonzaloJaureche Ballefin34556364Artigas
Gustavo JulioMoratorio Garayalde16815417Canelones
José LeonardoPastorino Escobal34239615Cerro Largo
Patricia RosauraAguiar Caorsi33064227Colonia
JacquelineGonnet Curbelo34086993Durazno
Fabia VivianaFernández Langenhin16818970Flores
Daniel PabloBerti Caputi28530047Florida
Adolfo ValentínBeracochea Toledo31290608Lavalleja
Paola AlejandraMárquez Galli43006899Maldonado
Carina ElizabethGonzález Rocha39980613Montevideo
Carlos AlfredoOyanarte Sánchez36780995Paysandú
Javier HumbertoLópez Davyt34744038Río Negro
IgnacioElgarte Saravay29031525Rivera
AlejandroManovsky Estomba37236177Rocha
Andrés IgnacioTreglia García19171402Salto
GabrielVignoli Caorsi30816734San José
Miguel AndrésEtulain Cresci30567163Soriano
Juan DomingoRamos Pírez29137941Tacuarembó
Félix RaúlMenéndez Dutra27551303Treinta y Tres

3°) El plazo de la contratación se contabilizará desde la firma del contrato respectivo por el plazo de un año, renovable por iguales períodos, previa suscripción de un compromiso de gestión aprobado por el jerarca y sujeto a evaluación anual. Se podrá permanecer en dichas funciones hasta tanto se designe el nuevo titular.

4°) La remuneración nominal mensual de los contratados ascenderá a $ 97.648,01 (pesos uruguayos noventa y siete mil seiscientos cuarenta y ocho con 01/100) a valores enero de 2022, por 40 horas semanales de labor y se reajustará en la misma oportunidad y porcentaje que se disponga para los funcionarios de la Administración Central.

5º} La erogación resultante se imputará a la partida presupuestal autorizada por el Art. 297 de la ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015.

6°) Pase a la Unidad de Comunicación Organizacional y Difusión a efectos de la publicación de la presente resolución en la página web de esta Secretaría de Estado.

7°) Los respectivos contratos deberán inscribirse en el Sistema de Gestión Humana (S.G.H.) y en el Registro de Vínculos con el Estado (R.V.E.) creado por el Artículo 13, de la Ley No. 18.719 de 27 de diciembre de 2010.

Ing. Agr. Fernando Mattos Costa
Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca

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