Resolución N° 36/022 DGDR Inscripción y habilitación SFR Curticeiras en el RENAOH
VISTO: La solicitud de inscripción y habilitación de la Sociedad de Fomento Rural Curticeiras, en el Registro Nacional de Organizaciones Habilitadas (RENAOH) que depende de la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca.
RESULTANDO: I) que la referida organización ha cumplido con los requisitos establecidos por la normativa vigente.
II) que el Comité Técnico, con fecha 22 de setiembre de 2022, informa fundadamente y sugiere la aprobación definitiva de la solicitud de inscripción debidamente presentada, por un plazo inicial de 2 años.
CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la aprobación de la inscripción y habilitación de la organización referida en el RENAOH.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, y a lo preceptuado por la Ley Nº 19.292 de 16 de diciembre de 2014, Decreto Nº 86/015, de 27 de febrero de 2015 y las Resoluciones ministeriales Nº 493 y Nº 496 de 22 de junio de 2016.
EL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO RURAL EN EJERCICIO DE ATRIBUCIONES DELEGADAS RESUELVE:
1º) Apruébese la inscripción y habilitación de la Sociedad de Fomento Rural Curticeiras, en el RENAOH, por un plazo inicial de 2 años.
2º) Notifíquese a la Sociedad de Fomento Rural Curticeiras, a la Agencia de Reguladora de Compras Estatales (ARCE), al Área de integración sociolaboral del Ministerio de Desarrollo Social y a la Dirección General de la Granja.
3º) Publíquese en el diario oficial y en la página web del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca.
4º) Cumplido, archívese.
Ing. Agr. Carlos Rydström
Director
Dirección General de Desarrollo Rural