Resolución N° 36/022 DGDR Inscripción y habilitación SFR Curticeiras en el RENAOH

Se aprueba la inscripción y habilitación de la Sociedad de Fomento Rural Curticeiras, en el RENAOH, por un plazo inicial de 2 años.

VISTO: La solicitud de inscripción y habilitación de la Sociedad de Fomento Rural Curticeiras, en el Registro Nacional de Organizaciones Habilitadas (RENAOH) que depende de la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca.

RESULTANDO: I) que la referida organización ha cumplido con los requisitos establecidos por la normativa vigente.

II) que el Comité Técnico, con fecha 22 de setiembre de 2022, informa fundadamente y sugiere la aprobación definitiva de la solicitud de inscripción debidamente presentada, por un plazo inicial de 2 años.

CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la aprobación de la inscripción y habilitación de la organización referida en el RENAOH.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, y a lo preceptuado por la Ley Nº 19.292 de 16 de diciembre de 2014, Decreto Nº 86/015, de 27 de febrero de 2015 y las Resoluciones ministeriales Nº 493 y Nº 496 de 22 de junio de 2016. 

EL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO RURAL EN EJERCICIO DE ATRIBUCIONES DELEGADAS                                       RESUELVE:

1º) Apruébese la inscripción y habilitación de la Sociedad de Fomento Rural Curticeiras, en el RENAOH, por un plazo inicial de 2 años.

2º) Notifíquese a la Sociedad de Fomento Rural Curticeiras, a la Agencia de Reguladora de Compras Estatales (ARCE), al Área de integración sociolaboral del Ministerio de Desarrollo Social y a la Dirección General de la Granja.

3º) Publíquese en el diario oficial y en la página web del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca.

4º) Cumplido, archívese.

Ing. Agr. Carlos Rydström
Director
Dirección General de Desarrollo Rural

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