Resolución N° 441/022 DGSA Registro de egresados de los cursos de idóneos en Manejo Post Cosecha de Granos

Créase el Registro de Egresados de los Cursos de Idóneos en Manejo Post Cosecha de Granos, el que será dictado y coordinado por el Departamento de Granos de la División Inocuidad y Calidad de Alimentos de la Dirección General de Servicios Agrícolas.

Montevideo, 4 de mayo de 2022

VISTO: la Resolución N° 613 de fecha 26 de mayo de 2005, que crea el Registro de Egresados de los Cursos de Perito Recibidor de Granos y Oleaginosas;

RESULTANDO:

  • I) que a la fecha la actividad de brindar los cursos de capacitación en el área granos se ha trasladado de la Comisión Técnica Ejecutora (C.T.E.) del Plan Nacional de Silos al Departamento de Granos de la División Inocuidad y Calidad de Alimentos (D.I.C.A.);
  • II) que el curso de “Peritos recibidores de granos” ha sido discontinuado;
  • III) que el curso de capacitación que se brinda actualmente se denomina “Idóneo en manejo post cosecha de granos” y mantiene el mismo nivel que su precedente;

CONSIDERANDO:

  • I) la importancia que mantiene la capacitación de recursos humanos en el área post cosecha de granos;
  • II) los informes favorables a la gestión de referencia emitidos por la Comisión Técnica Ejecutora del Plan Nacional de Silos y la División Inocuidad y Calidad de Alimentos;
  • III) conveniente, por tanto, incluir en los Registros a los egresados de los actuales cursos de capacitación, encargándose al Departamento de Granos su implementación y el mantenimiento, actualización y publicación de la información resultante de ambos registros;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y dispuesto por el artículo 176 Nº 7 de la Ley Nº 19149 de 24 de octubre de 2013 en la redacción dada por el artículo 307 de la Ley Nº 19.355 de 19 de diciembre de 2015;  

EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS

RESUEVE:

  • 1°) Créase el Registro de Egresados de los Cursos de Idóneos en Manejo Post Cosecha de Granos, el que será dictado y coordinado por el Departamento de Granos de la División Inocuidad y Calidad de Alimentos de la Dirección General de Servicios Agrícolas;
  • 2°) Desígnase al Departamento de Granos de la División Inocuidad y Calidad de Alimentos como el encargado de su implementación y responsable del mantenimiento, actualización y publicación de la información resultante de ambos registros.
  • 3°) Podrán integrar el registro aquellos interesados que hayan completado todos los requisitos y exigencias necesarias para obtener la calidad de Perito Recibidor de Granos o Idóneo en manejo de Post Cosecha de Granos.
  • 4°) Dese cuenta a la División Inocuidad y Calidad de Alimentos.
  • 5º) Pubíquese en el Diario Oficial y divúlguese a través de la página web institucional y de la Dirección General de Servicios Agrícolas.
  • 6º) Cumplido archívese.

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