Resolución N° 498/024 Se declara Emergencia Agropecuaria por exceso hídrico para agricultura, lechería y ganadería en seccionales policiales de Rocha y Treinta y Tres

Declárase la Emergencia Agropecuaria por exceso hídrico para los rubros agricultura, ganadería y lechería, en los departamentos y seccionales policiales siguientes: Rocha, seccionales policiales 2a, 3a, 4a, 5a, 6a y 9a; y Treinta y Tres, seccionales policiales 1', 2', 3', 7', 9' y 10'; en ambos casos por el término de 120 (ciento veinte) días a partir de la fecha de la presente Resolución. 

Montevideo, 21 de mayo de 2024 

VISTO: la situación agroclimática en las zonas afectadas por exceso hídrico e inundaciones ocurridas durante el pasado mes de abril, el corriente mes mayo de 2024, y el pronóstico meteorológico existente;

RESULTANDO: I) que en el marco de lo previsto por el artículo 4° y siguientes del Decreto N° 829/008, de 24 de diciembre de 2008, reglamentario de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008, se convocó a la Comisión de Emergencias Agropecuarias a efectos de evaluar los departamentos y localidades afectados por los eventos climáticos relacionados; II) que analizada la información y datos recabados, la Comisión de Emergencias Agropecuarias, por informe de fecha 20 de mayo de 2024, recomendó declarar la Emergencia Agropecuaria por exceso hídrico para los rubros agricultura, ganadería y lechería, por el término de 120 días, para la seccionales policiales 2a, 3', 4a, 5a, 6a y 9a del departamento de Rocha y para las seccionales policiales la, 2a, 3a, 7a, 9a y 10a del departamento de Treinta y Tres;

CONSIDERANDO: que de la evaluación realizada por técnicos de esta Secretaría de Estado, del Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET) y la propia Comisión de Emergencias Agropecuarias, se concluye en la necesidad y conveniencia de declarar la Emergencia Agropecuaria para las zonas afectadas y los rubros comprometidos; ATENTO: a lo precedentemente expuesto y disposiciones citadas;

EL MINISTRO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA RESUELVE:

1°) Declárase la Emergencia Agropecuaria por exceso hídrico para los rubros agricultura, ganadería y lechería, en los departamentos y seccionales policiales siguientes: Rocha, seccionales policiales 2a, 3a, 4a, 5a, 6a y 9a; y Treinta y Tres, seccionales policiales 1', 2', 3', 7', 9' y 10'; en ambos casos por el término de 120 (ciento veinte) días a partir de la fecha de la presente Resolución. 

2°) Autorízase el uso del Fondo Agropecuario de Emergencias (FAE) para el apoyo a los productores afectados.

3°) Por la División Administración General dese cuenta a la Comisión de Emergencias Agropecuarias y publíquese en la página web de este Ministerio.

4°) Publíquese en el Diario Oficial y, cumplido, archívese. 

Firmante: Ministro Fernando Mattos

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