Preguntas frecuentes

En el archivo adjunto al pie de pagina encontrara las preguntas frecuentes del sistema DOMEL

Dentro del mismo encontrara las respuestas a las siguientes preguntas:

 

 

1. ¿Qué es el Sistema de Notificaciones y Comunicaciones Electrónicas (e-Notificaciones)?

2. ¿Qué se necesita para recibir notificaciones y comunicaciones electrónicas de un Organismo Público?

3. ¿Qué es el domicilio electrónico (DOMEL)?

4. ¿Qué es la suscripción?

5. ¿Quiénes deben constituir/suscribir Domicilio Electrónico ante el MTSS?

6. ¿Puedo constituir/suscribir Domicilio Electrónico ante el MTSS si no fui intimado?

7. Una vez que constituya Domicilio Electrónico, ¿todos los organismos me notificarán a través de éste?

8. Luego de suscribir mi domicilio electrónico ante el MTSS, ¿puede éste notificarme por otros medios?

Constitución/suscripción de domicilio electrónico ante el MTSS por empleadores del Sector Privado

9. ¿Quién debe realizar el trámite de constitución/suscripción de domicilio electrónico?

10. ¿A quién se considera Representante?

11. ¿Qué trámites puede realizar el Representante una vez acreditado?

12. ¿Quiénes acceden al domicilio electrónico de una empresa y por ende, pueden leer las notificaciones y comunicaciones electrónicas del MTSS?

13. ¿En qué plazo se tiene que realizar el trámite de Constitución/Suscripción?

14. ¿Puede una persona física constituir/suscribir domicilio electrónico ante el MTSS?

15. ¿Cómo se realiza el trámite de constitución/suscripción de Domicilio electrónico ante el MTSS?

16. ¿Qué es la cuenta gub.uy y cómo la obtengo?

17. ¿Se puede hacer el trámite de constitución de Domicilio Electrónico exclusivamente de manera presencial?

18. ¿Qué documentación se debe presentar el Representante ante el MTSS en los casos que corresponda?

19. ¿En lugar de certificados notariales, se pueden presentar poderes generales, carta-poder, etc.?

20. ¿Dónde se debe presentar la documentación?

21. ¿Hay algún plazo para presentar la documentación ante el MTSS?

22. La documentación de suscripción, ¿puede presentarse en otro Organismo público?

 

Otros trámites de gestión del Domicilio Electrónico

23. ¿Qué trámite deben realizar los lectores adicionales?

24. ¿Siempre debe presentarse el Formulario de Creación y Habilitación de Usuarios en el Sistema de Notificaciones y Comunicaciones Electrónicas?

25. ¿Se puede cambiar el Representante?

26. ¿Qué sucede con el Representante anterior?

27. Una vez suscripto el Domicilio electrónico ante el MTSS, ¿se pueden agregar lectores adicionales?

28. ¿Cómo se revocan lectores?

29. ¿Puedo desuscribir un Domicilio electrónico ante el MTSS? ¿Cómo?

 

Otras preguntas

30. Un Sindicato ¿puede constituir Domicilio Electrónico?

31. ¿Qué requisitos debe cumplir la documentación cuando el Representante se encuentra fuera del país?

 

Constitución de domicilio electrónico de empleadores del Sector Público

Notificaciones y comunicaciones electrónicas

32. ¿Cómo accedo al Domicilio electrónico?

33. ¿Quién accede al domicilio electrónico de una empresa y por ende, puede leer las notificaciones y comunicaciones electrónicas del MTSS?

34. ¿Cuál es la diferencia entre una notificación electrónica y una comunicación electrónica?

35. ¿Cómo utilizar el sistema?

36. ¿Recibo algún aviso cuando me envían una notificación electrónica?

37. Los mensajes que recibo en mi correo electrónico, ¿son notificaciones?

38. ¿Cuándo se da por notificada una Notificación electrónica?

39. ¿Qué pasa si nadie accede al sistema y no se abre la notificación electrónica?

40. ¿Puedo enviar al organismo documentación adjunta, descargos o recursos a través del Domicilio Electrónico?

41. ¿Puedo contestar una notificación electrónica por el sistema?

42. ¿En qué momento se puede acceder al sistema?

43. ¿Si estoy fuera del país, puedo leer las notificaciones electrónicas?

 

 

 

 

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