Programa de promoción de emprendimientos juveniles (preguntas frecuentes)

Listado de las preguntas más frecuentes sobre al Programa de de promoción a emprendimientos juveniles.

Debido a la emergencia sanitaria decretada el 13 de marzo por el Poder Ejecutivo y al régimen de atención al público especial que se está desarrollando se recomienda el contacto a través del correo: leyempleojuvenil@mtss.gub.uy

¿Qué es el Programa de Promoción a Emprendimientos Juveniles?

Es un instrumento que prevé el apoyo a emprendimientos cuyos titulares sean jóvenes de entre 18 y 29 años. La empresa recibe un subsidio del 50% de los aportes patronales, con un tope de 15 BFC.

¿Dónde puedo obtener información y asesoramiento acerca del Programa?

Departamento de Empleo Juvenil - Dirección Nacional de Empleo - Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Juncal 1511 - 2º piso - Montevideo, Uruguay. 

Teléfono: 1928 - Interno: 1911.

Correo electrónico: leyempleojuvenil@mtss.gub.uy

También se pueden contactar con el Centro Técnico de Empleo más cercano a su localidad.

¿Qué beneficios y estímulos brinda el Programa?

La empresa recibe un subsidio del 50% de las contribuciones especiales de seguridad social correspondientes a los aportes patronales, con un tope de 15 BFC mensuales. Asimismo, pueden recibir un subsidio adicional de 5 BFC, aquellos emprendimientos cuyos titulares o la mitad más uno, pertenezcan a colectivos de población específicos: mujeres jóvenes, jóvenes con discapacidad y jóvenes en situación de vulnerabilidad socio-económica.

¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir las empresas?

  • Sus titulares deberán ser jóvenes de entre 18 y 29 años.
  • Estar al día con el pago de obligaciones de leyes sociales (BPS), obligaciones tributarias (DGI) y Planilla Unificada.
  • En los casos que se solicite el beneficio adicional por ser titular con discapacidad, se requerirá presentar la constancia de estar inscripto en el Registro de Personas con Discapacidad.
  • En los casos que corresponda el beneficio adicional por ser titular en situación de vulnerabilidad socioeconómica, el mismo se otorgará de acuerdo a lo establecido en el Art. 2 de la Ley 18.227.

Deberá registrarse en la plataforma Vía Trabajo. Una vez registrada la empresa, podrá acceder a la documentación específica y al formulario donde registrará la solicitud y podrá subir los documentos que se requieran. Después de realizados los controles necearios se notificará la asignación correspondiente del subsidio. Por cualquier consulta sobre el procedimiento o apoyo en la gestión puede comunicarse con las vías de contacto establecidas para estos fines.

La empresa, ¿cómo recibe el subsidio?

Mediante un crédito para cancelar obligaciones corrientes ante el BPS, no pudiendo superar el 100% de estas.

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