Programa temporal al subsidio de empleo (preguntas frecuentes)
¿Qué es el Programa Temporal de Subsidio al Empleo?
Es una política activa de empleo que brinda incentivo a la empresa privada que opte por contratar trabajadores en el marco del Programa. Consiste en un beneficio económico del 25% (para trabajadores de 15 a 44 años), y 40% (para trabajadores desde 45 años) de las retribuciones mensuales del trabajador sujetas a montepío, con tope de un salario y medio mínimo nacional.
¿Dónde puedo obtener información y asesoramiento acerca del Programa?
En la Dirección Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (Juncal 1511 - 2º piso - Montevideo, Uruguay Teléfono: 1928 - Interno: 1911.
Correo electrónico: promocionempleo@mtss.gub.uy También se pueden contactar con el Centro Técnico de Empleo más cercano a su localidad.
¿Qué beneficios brinda el Programa?
La empresa podrá acceder al servicio de intermediación laboral sin costo. Esto incluye la preselección de personal y el seguimiento a la inserción laboral de los/as trabajadores/as incorporados. Asimismo, la empresa recibirá subsidios por contratar trabajadores en el marco del Programa.
¿Qué estímulos brinda el Programa?
El Programa brinda subsidios para nuevas contrataciones, del 25% (para trabajadores de 15 a 44 años) y 40% (para trabajadores desde 45 años) de las retribuciones mensuales sujetas a montepío, que perciban un sueldo base máximo equivalente a 2,5 SMN. El monto máximo del subsidio será del 25% de 1,5 SMN.
¿Quiénes pueden ser contratados/as por este Programa?
Trabajadores que no estén en actividad laboral, de 15 años en adelante, y que tengan un sueldo máximo equivalente a 2,5 SMN.
¿Cuáles son los requisitos generales que deben cumplir las empresas?
- Estar al día con el pago de obligaciones de leyes sociales (BPS), obligaciones tributarias (DGI) y Planilla unificada (MTSS).
- Cumplir con los laudos establecidos por Consejos de Salarios.
- No haber rescindido contratos laborales de trabajadores/as que tengan igual categoría que el trabajador a ser contratado, durante los 90 días anteriores a la contratación, con excepción de aquellas rescisiones fundadas en notoria mala conducta.
- No haber realizado envíos al seguro de desempleo durante los 90 días anteriores a la contratación, para la categoría por la que se contrata.
- No ser beneficiarios de otros incentivos tributarios o subsidios al momento de la solicitud (COMAP).
¿Se pueden contratar adolescentes en el marco del Programa?
Sí. El INAU es quien otorga el Carné Laboral, el cual habilita a los adolescentes entre 15 y 17 años a trabajar. Para tramitar el Carné Labora Adolescente, la empresa deberá entregarle al adolescente el Formulario del Empleador con los datos de la empresa, las tareas a desarrollar, la carga horaria y el lugar de trabajo. Dicho formulario lo firmará madre, padre o tutor y el/la joven lo presentará en las oficinas de Inspección del INAU. Ver Formulario del Empleador y demás documentación. El trámite del Carné Laboral Adolescente debe ser previo a la gestión de la Ley de Empleo Juvenil.
¿Cómo se seleccionan las personas en el marco del Programa?
A través de dos opciones:
- Las empresas podrán postular en forma directa personas que cumplan con los requisitos establecidos en el Programa. Dichas empresas deberán registrarse en la plataforma Vía Trabajo, manifestar interés en emplear trabajadores y completar un Formulario de Postulación. Desde la Dirección Nacional de Empleo, se verificará el cumplimiento de los requisitos y notificará sobre los pasos a seguir.
- El Centro Técnico de Empleo podrá realizar el proceso de preselección de las personas trabajadoras. El empleador deberá registrarse en la plataforma Vía Trabajo y manifestar interés en emplear trabajadores. El Centro Técnico de Empleo se comunicará inmediatamente con su empresa para formalizar dicha solicitud y así comenzar el proceso.
¿El Programa prevé un período de prueba para las personas contratadas?
Las contrataciones deberán realizarse por tiempo indeterminado, de acuerdo a la normativa laboral vigente. El período de prueba que podrá establecerse deberá ser acorde a esta.
¿En cuántos días se realiza la gestión?
En el caso que se realice una postulación directa, se prevé un plazo de 3 días hábiles para responder la solicitud a través del Formulario de Postulación, y una vez aprobada ésta y confirmada la modalidad elegida en la Plataforma Vía Trabajo, la Dirección Nacional de Empleo prevé un plazo para su habilitación, considerando un mínimo de 48 horas previas al ingreso del trabajador. En el caso que se realice una solicitud de personal al Centro Técnico de Empleo al plazo mencionado anteriormente se le adicionará el período que implique el proceso de selección. Estos plazos podrán variar siempre que existan observaciones. Las notificaciones se realizan a través de la Plataforma Vía Trabajo.