Acta Complementaria Quinta Ronda 2013
ACTA.En Montevideo, a los 30 días del mes de diciembre de 2013, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 10 (Comercio en General), integrado por: a) delegados del Poder Ejecutivo:Lic. Marcelo Terevinto; b) delegados de los empleadores: Cr. Hugo Montgomery (Cámara Nacional de Comercio y Servicios); c) delegados de los trabajadores: Sres. Ismael Fuentes y Héctos Castellano (Federación Uruguaya de Empleados del Comercio y Servicios), se procede a dejar constancia de lo siguiente:
PRIMERO: En relación Convenio Colectivo suscrito en el día 18 de diciembre del 2013 con vigencia desde el 1 de julio de 2013 hasta el 30 de junio de 2016, aplicable al Grupo Nº 10 Subgrupo Nº 1 (Tiendas)respecto a la cláusula Décimo Segunda ( Prima por Presentismo) de dicho convenio corresponde aclarar que: a) La prima por presentismo de $1000 alcanza a aquellas categorías cuyos salarios mínimos sean de hasta $ 14.171 (valores salariales a enero 2013). b) La prima por presentismo de $ 800 alcanza a aquellas categorías cuyo salarios mínimos sean de hasta $ 16.185 (valores salariales a enero de 2013).
SEGUNDO:Los importes asignados a la prima por presentismo corresponden a quienes realizan 44 horas semanales de labor. Quienes realizan régimen horario inferior a 44 horas semanales el valor de la prima se determinará a prorrata.
Leída, se firman 7 ejemplares del mismo tenor.