Acta Complementaria Quinta Ronda 2013

ACTA.En Montevideo, a los 30 días del mes de diciembre de 2013, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 10 (Comercio en General), integrado por: a) delegados del Poder Ejecutivo:Lic. Marcelo Terevinto; b) delegados de los empleadores: Cr. Hugo Montgomery (Cámara Nacional de Comercio y Servicios); c) delegados de los trabajadores: Sres. Ismael Fuentes y Héctos Castellano (Federación Uruguaya de Empleados del Comercio y Servicios), se procede a dejar constancia de lo siguiente:

PRIMERO:  En relación Convenio Colectivo suscrito en el día  18 de diciembre del 2013 con vigencia desde el 1 de julio de 2013 hasta el 30 de junio de 2016, aplicable al Grupo Nº 10 Subgrupo Nº 1 (Tiendas)respecto a la cláusula Décimo Segunda ( Prima por Presentismo) de dicho convenio corresponde aclarar que: a) La prima por presentismo de $1000  alcanza a aquellas categorías cuyos salarios mínimos sean de hasta $ 14.171 (valores salariales a enero 2013).  b) La prima por presentismo de $ 800  alcanza a aquellas categorías cuyo salarios mínimos sean de hasta $ 16.185 (valores salariales a enero de 2013).

SEGUNDO:Los importes asignados a la prima por presentismo  corresponden a quienes realizan   44 horas semanales de labor. Quienes realizan régimen horario inferior a 44 horas semanales el valor de la prima se determinará a prorrata. 

Leída, se firman 7 ejemplares del mismo tenor.

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