Ajuste enero 2015

Ajuste enero 2015

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ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS:En la ciudad de Montevideo a los 23 días del mes de enero de 2015,  reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 13 "Transporte y Almacenamiento", Sub-grupo Nº 09 "Transporte Marítimo", integrado por:POR EL PODER EJECUTIVO:  Las Dras. Cecilia Siqueira y Mariam Arakelian. POR LA DELEGACION DE LOS TRABAJADORES: Los Sres.  Francisco Amaro y Carlos Kerbes. POR LA DELEGACIÓN DE LOS EMPRESARIOS: ElDr. Nicolás Scarela y el Sr. Diego Paolillo.

SE DEJA CONSTANCIA QUE:

PRIMERO.Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial del 1º de enero de 2015, en aplicación de lo dispuesto en el Acuerdo por mayoría del 9 de julio de 2014.

SEGUNDO. Ajuste para la franja 1).  Que en virtud de lo establecido en la cláusula segunda del mencionado Acuerdo por mayoría, el porcentaje de aumento salarial  que regirá a partir del 1º de enero de 2015, sobre los salarios nominales vigentes al 31 de diciembre de 2014,  para la franja 1 (salarios mínimos y aquellos hasta un 10% por encima de dicho mínimo),  es del 12.59  %, resultante de la acumulación de los siguientes items:

A) 3.10  % por concepto de correctivo de inflación por el período 01.01.14 al 31.12.14.

B) 5 %por concepto de inflación esperada, para  el período 01.01.15 – 31.12.15, resultante del centro de la banda del  B.C.U.

C)  4 %  por concepto de crecimiento.

Ajuste para la franja 2). Que en virtud de lo establecido en la cláusula segunda del mencionado Acuerdo por mayoría, el porcentaje de aumento salarial  que regirá a partir del 1º de enero de 2015, sobre los salarios nominales vigentes al 31 de diciembre de 2014,  para la franja 2 (salario mensual entre un 10% y un 30% por encima del salario mínimo de su categoría) es del 10.96 %, resultante de la acumulación de los siguientes items:

A) 3,10  % por concepto de correctivo de inflación por el período 01.01.14 al 31.12.14.) 5 %por concepto de inflación esperada, para  el período 01.01.15 – 31.12.15, resultante del centro de la banda del  B.C.U.

C)  2.5   %  por concepto de crecimiento.

Ajuste para la franja 3). Que en virtud de lo establecido en la cláusula segunda del mencionado Acuerdo por mayoría, el porcentaje de aumento salarial  que regirá a partir del 1º de enero de 2015, sobre los salarios nominales vigentes al 31 de diciembre de 2014,  para la franja 3 (salario mensual por encima de un 30% del mínimo de su categoría) es del 9.87 %, resultante de la acumulación de los siguientes items:

A) 3.10  % por concepto de correctivo de inflación por el período 01.01.14 al 31.12.14.----

B) 5 %por concepto de inflación esperada, para  el período 01.01.15 – 31.12.15, resultante del centro de la banda del  B.C.U.

C)  1.5   %  por concepto de crecimiento.

TERCERO. Salarios mínimos.Se establecen los siguientes salarios mínimos vigentes al 1º de enero  de 2015 por categoría, que se agregan por tabla adjunta, la cual se considera parte integrante de la presente.

 

Categoría

Administrativos

Cadete

12.490

Auxiliar 4to.

25.905

Auxiliar 3ero.

30.685

Auxiliar 2do.

35.859

Auxiliar 1ero.

46.029

Suboficial

47.993

Oficial

49.955

Telefonista

33.362

 

 

Venta de pasajes

Vendedor pasajes

22.518

Vendedor turismo

31.157

Cajero

35.682

Auxiliar de ventas

17.126

Auxiliar de ventas de turismo

19.868

 

Categoría

CABOTAJE

Primer Oficial

61957

Segundo Oficial

50598

Patrón (Primer Oficial)

61957

Patrón (Segundo Oficial)

50598

Tercer Oficial

43258

Comisario

61958

Segundo Comisario

50597

Ayudante de Comisario

31315

Primer Maquinista

61957

Segundo Maquinista

50598

Tercer Maquinista

43258

Cuarto Maquinista

39168

Frigorista

43258

Electricista

43258

Ayudante Electricista

28978

Contramaestre

31369

Marinero Sereno

28431

Marinero

28431

Marinero Carpintero

29682

Mecánico de Cubierta

40003

Marinero dragador

36574

Mecánico de Máquinas

36626

Engrasador

28978

Limpiador

26758

Cocinero

31315

Segundo Cocineo

29682

Ayudante de Cocina

26653

Primer Mozo

26758

Segundo Mozo

26650

Mozo Servicio Auxiliar

22053

Azafata

22053

Bañista

22053

Encargado Servicio Auxiliar

26758

Grumete

16663

Bombero

39168

 

Categoría

ALTO CABOTAJE

Primer Oficial

63.042

Segundo Oficial

51.481

Patron (Primer Oficial)

63.042

Patron (Segundo Oficial)

51.481

Tercer Oficial

50.730

Primer Maquinista

63.042

Segundo Maquinista

51.481

Tercer Maquinista

50.730

Cuarto Maquinista

39.856

Frigorista

50.730

Electricista

50730

Ayudante Electricista

29484

Contramaestre

34.822

Marinero

28.931

Marinero Carpintero

30.647

Mecánico de Cubierta

30.647

Marinero dragador

33.492

Mecánico de Máquinas

37.265

Engrasador

37.265

Limpiador

29.484

Mayordomo

27.225

Cocinero

34.099

Ayudante de Cocina

31.254

Primer Mozo

28.176

Grumete

15.260

Bombero

39.856

 

Categoría

ULTRAMAR

Primer Oficial

76.718

Segundo Oficial

62.652

Tercer Oficial

53.568

Primer Maquinista

76.718

Segundo Maquinista

62.652

Tercer Maquinista

53.568

Cuarto Maquinista

48.500

Frigorista

53.568

Electricista

 

Ayudante Electricista

 

Contramaestre

 

Marinero

 

Marinero Carpintero

 

Mecánico de Cubierta

 

Mecánico de Máquinas

 

Engrasador

 

Limpiador

 

Mayordomo

 

Cocinero

 

Ayudante de Cocina

 

Primer Mozo

 

Segundo Mozo

 

Grumete

 

Bombero

 

 

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