Ajuste Enero 2020
Grupo Nº 7, Subgrupo 06 Capítulo 02 “Recauchutaje”
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 20 de enero de 2020, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 7 “Industria Química, del medicamento, farmacéutica, de combustible y afines”, Subgrupo N° 06 Capítulo 02 “Recauchutaje”, integrado por los Delegados del Poder Ejecutivo: Dra. Viviana Dell`Acqua Delegado Empresarial: Hamlet Luz y Dr. Diego Rovira Delegados del sector Trabajador: Sindicato de Trabajadores de la Industria Química (STIQ): Silvio Planchesteiner, Diego Zipitria y Bernardo González.-
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Que en conformidad a lo dispuesto por Acta de Consejo de Salarios de fecha 16 de Noviembre de 2018, se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial con vigencia a partir del 1º de enero de 2020 para el sector individualizado.
SEGUNDO: Ajuste salarial al 1º de enero de 2020:
Se establece, con vigencia a partir del 1º de enero de 2020, un incremento salarial sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2019, de 3% (tres por ciento) por concepto de aumento nominal y un 0,5% por concepto de aumento diferencial de sumergidos para la categoría de Aprendiz y Peón.
TERCERO: De acuerdo a lo que antecede los salarios mínimos vigentes al 1ero de enero de 2020 son los siguientes:
Categoría | Monto |
Peón | 98,23 |
Peón Calificado | 113,84 |
Ayudante de mantenimiento | 113,84 |
Aprendiz | 86,51 |
Medio oficial (a), (b), (c), (d) ò (e) | 115,29 |
Oficial (a) | 125,53 |
Oficial (b) | 125,53 |
Oficial (c) | 125,53 |
Oficial (d) | 125,53 |
Oficial (e) | 125,53 |
Foguista | 132,71 |
Medio oficial polivalente | 132,71 |
Oficial polivalente | 159,39 |
Oficial de mantenimiento | 159,39 |
Leída que les fue, las partes firman y ratifican.-