Ajuste Julio 2015

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 29 de julio de 2015, reunido el Consejo de Salarios del Grupo 06 "Industria de la Madera, Celulosa y Papel",  Subgrupo 03 "Parquet, productos no especificados de madera, corcho mimbre y muebles (excepto plásticos y metálicos)", integrado por DELEGADOS DEL PODER EJECUTIVO: Dres. Rosario Dominguez, Virginia Sequeira y Gonzalo Illarramendi; DELEGADOS EMPRESARIALES: Dres. Pablo Ferrari ; DELEGADOS DE LOS TRABAJADORES: Sres. Fernando Oyanarte, Santiago Méndez, y Hugo de los Santos, en calidad de asesor.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el incremento salarial correspondiente al ajuste del período comprendido entre el 1º de julio de 2015 y el 30 de junio de 2016, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito con fecha 13 de diciembre de 2013.

SEGUNDO: El porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2015 es del 10,69%, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos: a)3,36% por concepto de correctivo por la diferencia entre la inflación estimada y la real operada en el período julio 2014 - junio 2015; 5 %  por concepto de inflación anual proyectada–para el período julio 2015 - junio 2016 (centro de la banda); 2% por concepto de crecimiento (1,05 x 1,0336 x 1,02).

TERCERO: En aplicación de lo referido precedentemente, los salarios mínimos  por categoría para el Grupo Nº 06 "Madera, Celulosa y Papel", Subgrupo 03 "Parquet, productos no especificados de madera, corcho, mimbre y muebles (excepto plástico y metálicos)", con vigencia desde el 1º de julio de 2015, serán los siguientes:

I) Para todo el sector, con excepción del parquet, se establecen los siguientes salarios mínimos:

CATEGORÍAS     SALARIOS

1 Aprendiz 1º      $ 64,13

2 Aprendiz 2º      $ 69,61

3 Aprendiz 3º      $ 76,05

4 Aprendiz 4º     $ 90,67

5 Peón     $ 92,62

6 Medio Oficial      $ 99,07

7 Peón Especializado   $ 102,69

8 Oficial     $ 105,93

9 Oficial Especializado   $ 115,18

II) Para el parquet se establecen los siguientes salarios mínimos por categoría:

CATEGORÍAS      SALARIOS

1 Aprendices colocadores y/o pulidores y/o maquinistas

Al ingresar al sector    $ 64,13

Segundo semestre    $ 65,27

Tercer semestre    $ 66,50

Cuarto semestre    $ 68,01

Quinto semestre  $ 68,05

Sexto semestre   $ 70,29

Séptimo semestre    $ 71,52

Octavo semestre   $ 74,21

Noveno semestre   $ 77,47

Décimo semestre   $ 83,68

Operarios clavadores con una producción 

de 5.000 tablillas de 5 grampas     $ 85,95

Operarios asfaltadoras con una producci  de 4.000 tablillas  $ 85,49

Peones    $ 88,17

 Medio oficiales colocadores y/o maquinistas

 y/o pulidores   $ 99,16

Oficiales colocadores y/o maquinistas y/o

pulidores   $ 106,51

Para todo el sector:

     1) Cadete   $ 12.315

     2) Administrativo   $ 13.582

     3) Vendedor  $ 13.582

     4) Telefonista   $ 13.582

     5) Administrativo contable  $ 15.091

     6) Adminstrativo contable con tareas contables    $ 20.126

     7) Chofer con carga, descarga y armado   $ 16.354

     8) Chofer cobrador   $ 20.126

     9) Sereno    $ 17.108

     10)Sereno limpiador    $ 18.110

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman cinco ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

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