Ajuste Julio 2015

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ACTA:En la ciudad de Montevideo, el 13 de julio de 2015, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 14: “Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones”, Subgrupo 06, capitulo 1 “Casas de Cambio”integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dr. Nelson Díaz y Dra. Virginia Falero, Delegados Empresariales: Dres. Eduardo Ameglio, Leonardo Slingery Cr. Hugo Montgomery, Delegados de los Trabajadores: Sres. Elbio Monegal y José Iglesias.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Acuerdo de Consejo de Salarios suscrita el día 11 de Noviembre de 2013.

SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula QUINTA de la referida acta, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2015, para todos los trabajadores comprendidos de la categoría 1era a la 4ta,sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2015, es del  10,70%. Este porcentaje surge de la acumulación de los siguientes factores:

A) Categorías de la 1era a la 4ta

  1. 5% por concepto de inflación esperada para los años comprendido entre el 1ero. de Julio de 2015 y el 30 de Junio de 2016 (Centro del rango meta de inflación del BCU para el periodo referido).
  2. Por concepto de crecimiento 2%.
  3. 3,36% Correctivo  entre la inflación esperada y la efectivamente producida.

B) Resto de las categorías y sobrelaudos.

 

Para todos los trabajadores comprendidos el aumento es de 9,61%. Este porcentaje surge de la acumulación de los siguientes factores:

 

  1. Por concepto de inflación esperada para los años comprendido entre el 1ero. de Julio de 2015 y el 30 de Junio de 2016 (Centro del rango meta de inflación del BCU para el periodo referido).
  2. Por concepto de crecimiento 1%.
  3. 3,36% Correctivo  entre la inflación esperada y la efectivamente producida.

TERCERO: (Salarios mínimos por categoría) Se establecen los siguientes salarios mínimos por categoría que tendrán vigencia a partir del 1º de julio de 2015 y hasta el 30 de junio de 2016:

 

 

 

MÍNIMO NOMINAL

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

7

Jefe de administración

49446

Jefe de mesa de cambios

49446

Adscripto a gerencia

49446

 

 

 

6

Auditor interno

35411

Oficial de cumplimiento

35411

Encargado de Sucursal

35411

Encargado de atención al cliente

35411

Tesorero

35411

Operador mesa de cambios

35411

 

 

 

5

Encargado de Seguridad

26796

Sub-jefe

26796

Analista Programador

26796

 

 

 

4

Auxiliar de 1a.

18477

Remesero-custodio

18477

 

 

 

3

Auxiliar de 2a.

17737

Guardia de 1a.

17737

Custodio

17737

 

 

 

2

Auxiliar de 3a.

15028

Guardia de 2a.

15028

Chofer

15028

 

 

 

1

Sereno

12318

Cadete

12318

Aprendiz

12318

 

Quebranto de caja:

 

 

Cajero de Cobranzas y Pagos

2490

 

Cajero Liquidador

4976

 

Cajero Tesorero

9952

 

Prima por antigüedad

240

Leida que les fue las partes firman y ratifican.-

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