Ajustes Enero 2009
ACTA. En la ciudad de Montevideo, el 26 de enero de 2009, reunido el Consejo de Salarios del grupo Nº 10: "Comercio en general", subgrupo Nº 10 "Opticas", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dra. Jimena Ruy- López y Lic. Marcelo Terevinto; Delegados Empresariales: Sr. Julio Guevara y Cr. Hugo Montgomery; Delegados de los Trabajadores: Sres. Héctor Castellano e Ismael Fuentes.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el convenio colectivo suscrito el 3 de diciembre de 2008 , recogido en decreto de 29 de diciembre de 2008.
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula cuarta del referido convenio, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1 de enero de 2009 para todos los trabajadores del sector es del 5,89%, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:
A) Por concepto de inflación esperada: el promedio entre la meta mínima y máxima de inflación (centro de la banda) del Banco Central del Uruguay (BCU) para el período 1 de enero 2009 – 31 de diciembre de 2009: 5%.
B) Por concepto de correctivo correspondiente al semestre anterior (1/7/2008-31/12/2008). Se revisaron los cálculos de inflación proyectada en Julio 2008, comparándolos con la variación real del indice de Precios al Consumo del período (1/7/2008-31/12/2008): 0,85%. La variación real fue del 3,56% y la proyectada en el ajuste anterior había sido del 2,69%. La diferencia por tanto que debe incorporarse a este ajuste es de 0,85% (103,56/ 102,69)
TERCERO: Los salarios mínimos nominales del subgrupo a partir del 1? de enero de 2009, son los siguientes:
ÁREA VENTAS | 01/01/09 |
Cadete | 4.950 |
Ayudante de ventas | 6.500 |
Segundo vendedor | 8.885 |
Primer vendedor | 11.121 |
Encargado | 12.694 |
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ÁREA TALLERES |
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Aprendiz | 5.586 |
Aprendiz adelantado | 6.500 |
Oficial de segunda | 8.885 |
Oficial de primera | 11.121 |
Encargado de taller | 12.694 |
Óptico | 11.121 |
Óptico responsable | 15.233 |
ÁREA ADMINISTRACIÓN |
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Cadete | 5.080 |
Auxiliar tercero | 6.347 |
Auxiliar segundo | 7.364 |
Auxiliar primero | 8.131 |
Tenedor de libros | 9.649 |
Secretaria | 9.649 |
Encargado | 10.663 |
Jefe de contaduría | 13.306 |
Cajero | 6.602 |
Cajero general | 7.515 |
Cobrador | 6.855 |
Vidrierista | 9.140 |
Ayudante de vidrierista | 6.094 |
Encargado de mantenimiento | 6.855 |
Ascensorista | 5.080 |
Telefonista | 6.347 |
Limpiador | 5.080 |
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman tres ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.