Ajustes enero 2010
ACTA.- En la ciudad de Montevideo, el día 22 de enero de 2010, reunido el Consejo de Salarios del Grupo No. 6 "Madera, Celulosa y Papel", Subgrupo No. 01, "Celulosa, Papel, Pañales, Cartón y sus productos", integrado por Delegados del Poder Ejecutivo: Dras. Virginia Sequeira y Rosario Domínguez; Delegados de los Empresarios: Sr. Daniel Rainusso; Delegados de los Trabajadores: Sres. Danilo Acosta y Julio Burgueño, HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO.- Se procede a fijar el porcentaje de incremento salarial correspondiente al ajuste anual para el período comprendido entre el 1º de enero de 2010 y el 31 de diciembre de 2010, en aplicación de lo dispuesto en el Acta de votación suscrita el día 3 de noviembre de 2008.
SEGUNDO.- El porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2010 es del 10% resultante de la aplicación de lo establecido en la cláusula primera literales B), C) y D) del acta de votación suscrita el día 3 de noviembre de 2008, resultante de la aplicación de los siguientes items: 0,85% por concepto de correctivo del período anterior; 2% por concepto de incremento real de base; 2% según el desempeño del sector, 5 % por concepto de inflación esperada para el período comprendido entre el 1/1/2010 y el 31/12/2010 y (-0,145%) por concepto de lo dispuesto en el literal D) de la cláusula primera referida: ("el incremento real previsto para el 1º de enero de 2010 por la aplicación del incremento real de base y el incremento según el desempeño del sector, se corregirá -en más o en menos- por la mitad del desvío entre la mediana de las expectativas privadas de crecimiento de PIB para 2010 divulgadas en la página web del BCU a diciembre de 2009 y la proyección oficial actual de un crecimiento del PIB de 4% para ese año; (1,0085x1,02x1,02x1,05x0,9985). TERCERO.- En aplicación de lo referido precedentemente los salarios mínimos por categoría para el Grupo No. 6 "Madera, Celulosa y Papel", Subgrupo No. 01, "Celulosa, Papel, Pañales, Cartón y sus productos", con vigencia desde el 1º de enero de 2010, serán los siguientes:
Categoría 1: $ 30,69
Categoría 2: $ 31,25
Categoría 3: $ 31,82
Categoría 4: $ 32,25
Categoría 5: $ 33,33
Categoría 6: $ 34,29
Categoría 7: $ 35,84
Categoría 8: $ 37,73
Categoría 9: $ 39,06
Categoría 10: $ 42,57
Categoría 11: $ 45,91
Categoría 12: $ 47,00
Categoría 13: $ 55,26
CUARTO.- En este acto los Delegados de las empresas pertenecientes al Grupo 6, subgrupo 01 "Celulosa, papel, pañales, Cartón y sus productos" de los Consejos de Salarios, expresan que con fecha 19 de noviembre de 2009 presentaron al Sr. Ministro de Trabajo y Seguridad Social una solicitud de corrección del ajuste salarial dispuesto por el Decreto 605/2008 en lo referente al porcentaje por desempeño del sector, pidiendo su eliminación conforme a la actual realidad de las empresas del grupo y que los aumentos salariales se fraccionen y realicen por períodos semestrales, a diferencia de lo previsto por la normativa vigente. Respecto a dicha solicitud no se ha obtenido hasta el presente una respuesta oficial, por lo que la suscripción de la presente acta se realiza sujeta a la espera de la respuesta ministerial y ratificando el desacuerdo con los rubros y porcentajes de aumentos aplicables para el año 2010 ya que si bien se ajusta a lo resuelto en el Consejo de Salarios, va contra la realidad económica de varias empresas del sector aumentándole sus dificultades-
Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.