Ajustes Enero 2012
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 11 de enero de 2012, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 17. "Industria Gráfica" Sub grupo 02, "Talleres gráficos de las empresas periodísticas, diarios y publicaciones", comparecen por una parte la ASOCIACION DE DIARIOS Y PERIODICOS DEL URUGUAY (ADYPU), representada en este acto por el Dr. Enrique Tarigo, por otra parte: el SINDICATO DE ARTES GRAFICAS (SAG), representado en este acto por los Sres. José Coronel y Luis Novas y por el Poder Ejecutivo: la Lic. Marcela Barrios quienes HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial con vigencia a partir del 1º de enero de 2012 para el sector, según lo establecido en el acuerdo por mayoría del día 2 de diciembre de 2010.
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en el mencionado acuerdo el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2012 aplicable a los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2012, será del 5,27% (cinco con veintisiete por ciento), resultante de la acumulación de los siguientes items:
a) 2,5%, por concepto de inflación proyectada.
b) 1,5%, por concepto de crecimiento.
c) 1,18% por concepto de correctivo.
TERCERO: En aplicación de lo referido precedentemente, los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 17. "Industria Gráfica" Sub grupo 02 Talleres gráficos de las empresas periodísticas, diarios y publicaciones, con vigencia desde el 1º de enero de 2012, serán los siguientes:
CARGO
SALARIO NOMINAL
Ayudante embuchadora
17105,85
Ayudante máquina plana
18566,09
Ayudante máquina rotativa
15228,38
Ayudante electricista
16140,00
Auxiliar limpieza máquina
12720,91
Oficial 1ra dobladora
24957,84
Oficial 2da. embuchadora
18814,35
Oficial 2da máquina rotativa
23549,75
Oficial cortador 1ra
27984,77
Oficial cortador 2da
21494,97
Oficial embuchadora 1ra
24924,48
Oficial máquina plana 1ra
32334,23
Oficial máquina plana 2da
23065,77
Oficial máquina rotativa 1ra
27012,63
Oficial técnico electrónico
27150,32
Oficial copiador 1ra
23065,79
Oficial electricista 1ra
27273,4
Oficial mecánico 1ra
21509,59
Oficial fotomontaje 1era
23939,84
Oficial fotomontaje 2da
17523,08
Oficial fotomecánica 1era
18983,34
Oficial fotomecánica 2da
13834,9
Ayudante fotomecánica
12426,16
Armador en pantalla 1ra
23050,4
Auxiliar Depósito
12625,4
Diseñador 1ra
22639,06
Scanner 1ra (of. Trat. Imag.1a.)
24322,32
Ayudante Diseño
13581,84
Ayudante Scanner
14592,21
Digitador
19775,71
CUARTO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula Tercera de la referida acta los trabajadores cuyos sueldos y jornales nominales superiores a $ 30.000 (pesos uruguayos treinta mil) – excluidas las partidas de naturaleza variable-, vigentes al 30 de junio de 2010, recibirán un incremento de 3,71%.
Se leyó y para constancia de lo actuado se firma en lugar y fecha indicados arriba.