Ajustes julio 2009

 

 

ACTA.- En la ciudad de Montevideo, el día 20 de julio de 2009, reunido el Consejo de Salarios del Grupo No. 6 "Madera, Celulosa y Papel", Subgrupo No. 03, "Parquet, productos no especificados de madera, corcho, mimbre y muebles (excepto plásticos y metálicos)", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dres. Rosario Domínguez y Virginia Sequeira; Delegado de los Empresarios : Lic. Marcelo Serra ; Delegados de los Trabajadores: Fernando Oyanarte, Heber Gil y Hugo de los Santos en su calidad de asesor. HACEN CONSTAR QUE: PRIMERO.- Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste semestral, en aplicación de lo dispuesto en el Acuerdo Laboral suscrito el día 5 de noviembre del año 2008. SEGUNDO.- Que en virtud de lo establecido en la cláusula quinta del acuerdo referido, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2009 es del 4.03 % resultante de la acumulación de los siguientes conceptos: A) 1,025 % por concepto de inflación esperada, B) 1,015% por concepto de crecimiento. TERCERO.- En aplicación de lo referido precedentemente los salarios mínimos por categoría para el Grupo No. 6 "Madera, Celulosa y Papel", Subgrupo No. 03, "Parquet, productos no especificados de madera, corcho, mimbre y muebles (excepto plásticos y metálicos)", con vigencia desde el 1º de julio de 2009, serán los siguientes:

 

I) CATEGORIAS

  1. Aprendiz 1º $ 28,23

  1. Aprendiz 2º $ 35,41

  2. Aprendiz 3º $ 38,68

  3. Aprendiz 4º $ 46,12

  4. Peón $ 47,12

  5. Medio Oficial $ 53,00

  6. Peón Especializado $ 54,93

  7. Oficial $ 56,90

  8. Oficial especializado $ 61,60

 

II) Para el parquet se establecen los siguientes salarios mínimos por categorías:

 

CATEGORIAS SALARIOS

 

  1. Aprendices colocadores y/o pulidores y/o maquinistas

Al ingresar al sector $ 28,45

Segundo semestre $ 30,03

Tercer semestre $ 31,50

Cuarto semestre $ 32,96

Quinto semestre $ 36,42

Sexto semestre $ 37,61

Sésptimo semestre $ 38,27

Octavo semestre $ 39,72

Noveno semestre $ 41,44

Décimo semestre $ 44,77

  1. Operarios clavadores

con una producción de 5.000 tablillas de 5 grampas $ 45,97

  1. Operarios asfaltadores

con una producción de 4.000 tablillas $ 45,74

  1. Peones $ 47,16

  2. Medio oficiales colocadores y/o maquinistas

y/o pulidores $ 53,00

  1. Oficiales colocadores y/o maquinistas

y/o pulidores $ 56,97

Todas las categorías enunciadas en los numerales I y II mantienen la definición dada en el Decreto 410/005 del 17 de octubre de 2005.

  1. Para todo el sector:

 

CATEGORÍAS SALARIOS

 

1) Cadete $ 6.051

2) Administrativo $ 7.261

3) Vendedor $ 7.261

4) Telefonista $ 7.261

5) Administrativo contable $ 8.069

6) Administrativo contable con tareas bancarias $ 10.759

7) Chofer con carga, descarga y armado $ 8.742

8) Chofer cobrador $ 10.759

9) Sereno $ 9.145

10) Sereno limpiador $ 9.683

 

Leída que fue la presente acta de ajuste, se ratifica la misma y se firman tres ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

 

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