Ajustes Julio 2011
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 25 de julio de 2011, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 17. "Industria Gráfica" Sub grupo Nº 03 "Publicidad en Vía Pública", comparecen: por una parte: la cámara de Publicidad en Vía Pública, representada en este acto por el Sr. Hamlet Luz; por otra parte: el Sindicato de Artes Gráficas representado por los Sres. José Coronel y Luis Novas y por el Poder Ejecutivo: la Lic. Marcela Barrios quienes hacen constar que:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial con vigencia a partir del 1º de julio de 2011 para el sector, según lo establecido en el acuerdo por mayoría del día 28 de noviembre de 2010.
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en el mencionado acuerdo el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2011 aplicable a los salarios vigentes al 30 de junio de 2011, será del 6,28% (seis con veinti ocho por ciento), resultante de la acumulación de los siguientes items:
a) 2,5%, por concepto de inflación proyectada.
b) 1,5%, por concepto de crecimiento.
c) 2,16% por concepto de correctivo
TERCERO: En aplicación de lo referido precedentemente, los salarios mínimos por categoría para el Grupo Nº 17. "Industria Gráfica" Sub grupo Nº 03 Publicidad en vía pública, con vigencia desde el 1º de enero de 2011, serán los siguientes:
CATEGORÍA | REMUNERACIÓN (jornal / hora) |
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PERSONAL OBRERO | |
CATEGORÍA I | $48,88 |
CATEGORÍAII | $59,16 |
CATEGORÍAIII | $71,42 |
CATEGORÍAIV | $82,22 |
CATEGORÍAV | $93,17 |
CATEGORÍAVI | $102,16 |
CATEGORÍA | REMUNERACIÓN (mensual) |
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PERSONAL ADMINISTRATIVO | |
CATEGORÍA I | $5.776,85 |
CATEGORÍA II | $9.085,11 |
CATEGORÍA III | $13.526,12 |
CATEGORÍA IV | $18.147,09 |
CATEGORÍA V | $23.695,58 |
Para constancia de lo actuado se labra la presente que los comparecientes otorgan y suscriben en el lugar y fecha indicados. ------------------------------------------------------------------