Ajustes Julio 2011

ACTA DE AJUSTE.-En la ciudad de Montevideo, el 20 de julio de 2011, en el ámbito del Grupo 20 "Entidades Gremiales, Sociales y Deportivas", subgrupo 01 "Entidades Deportivas", en presencia de las delegadas del Poder Ejecutivo, Dra. Amalia de la Riva y Cra. Graciela Saldías, comparecen: el sector trabajador, representado por los Sres. Gabriel García, Manuel Sosa, Rodney Franco, Horacio Pelaéz, Alejandro Stezano, Sebastián Gimer y el sector empleador, representado por el Cr. Lic. Arturo J. Servillo, quienes acuerdan lo siguiente:

PRIMERO: Según lo establecido en el artículo tercero del acuerdo de fecha 18 de noviembre de 2010, corresponde al 1º de julio de 2011 aplicar un ajuste salarial para el semestre comprendido entre el 1º de julio y el 31 de diciembre de 2011, que resulta de la acumulación de los siguientes items:

A) Un porcentaje por concepto de inflación esperada para el semestre comprendido entre el 01.07.11 y el 31.12.11, según la mediana de expectativas de inflación relevadas por el Banco Central del Uruguay: 2,5% (dos con cinco por ciento).

B) Un 3,10 % ( tres con diez por ciento) por concepto de expectativas de variación de PBI para el semestre comprendido entre el 01.07.2011 y el 31.12.2011.

C) Un correctivo de 1,33 % (uno con treinta y tres por ciento) para el período 01.01.11 y el 30.06.11, por la diferencia entre la inflación estimada (3,34%) y la real (4,71%).

D) Un correctivo de 0,57 % ( cero con cincuenta y siete por ciento) para el período 01.01.2011 y el 30.06.2011, por la diferencia entre el PBI estimado (2,52%) y el real (anual 6,30 % semestral 3,10 %).

E) Un 0,12% (cero con doce por ciento) en concepto de correctivo de inflación correspondiente al mes de diciembre de 2010; según cláusula tercera del acta de 22 de diciembre de 2010.

F) Un 0,06% (cero con cero seis por ciento) en concepto de lo dispuesto en el inciso final del artículo 3º del acta de fecha 18 de noviembre de 2010 (PBI estimado 8,35% vs PBI real correspondiente al segundo semestre del 2010: 8,47%).

SEGUNDO: En consecuencia, el incremento total resultante, es de 7,89% (siete con ochenta y nueve por ciento), que se aplicará sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2011.

TERCERO: Se deja constancia de que de acuerdo al artículo 7 del acta de 18 de noviembre de 2010, la canasta de artículos se ajustará a partir del 1º de julio de 2011 en un 8,61% (ocho con sesenta y uno por ciento) de acuerdo a la evolución del IPC del período 01.07.2010 — 30.06.11.

Sin más, los comparecientes firman la presente en el lugar y fecha arriba indicados.

CONSEJO DE SALARIOS: G R U P O 2 0
SUB-GRUPO 01: "I N S T I T U C I O N E S D E P O R T I V A S"
A N E X O
Salarios mínimos nominales vigentes desde el 01.07.11
CATEGORIA$
NIVEL 1.-Peón limpiador, Ascensorista, Canchero 2a, Mucama, Canastero, Mensajero9.414
NIVEL 2.-Peón 1a., Auxiliar servicios, Mozo/Camarero, Peón de cocina, Sereno, Utilero, Equipier, Auxiliar vestuario de 2a., Canchero de 1a., Auxiliar de 3a., Cajero de 3a., Telefonista, Auxiliar de ropería, Auxiliar juegos de salón.10.261
NIVEL 3.-Medio oficial de mantenimiento, Jardinero, Auxiliar vestuario de 1a., Ayudante de cocina, Chofer, Auxiliar de 2a., Cajero de 2a., Recepcionista/Portero, Auxiliar contaduría de 2a., Auxiliar biblioteca11.211
NIVEL 4.-Oficiales, Supervisor de canchas, Auxiliar de 1a., Secretario, Cajero de 1a., Cobrador, Operad. computación de 2a., Oficial de mantenimiento.12.410
NIVEL 5.-Foguista / Valvulista, Supervisor de vigilancia, Supervisor de mozos y mucamos, Supervisor de vestuario, Supervisor de limpieza, Cocinero de 2a., Secretario bilingüe, Auxiliar contaduría de 1a., Operad. computación de 1a..13.866
NIVEL 6.-Electrotécnico, Supervisor de conserjería, supervisor de cocina, Supervisor de mantenimiento, Capataz, Bibiotecólogo, Secretario de Dirección, Programador, Operad. centro de cómputos15.593
NIVEL 7.-Supervisor, Encargado de secretaría, Analista17.310
DOCENTES Y ENTRENADORES (salarios por hora)
NIVEL 1.-Guardavidas112,30
NIVEL 2.-Idóneo124,98
NIVEL 3.-Técnico deportivo, Egresado de Eduación Física135,86
NIVEL 4.-Profesor de Educación Física146,72
CATEGORIAS NAUTICAS
Peón10.869
Medio Oficial14.303
Oficial18.116
Encargado22.885
Supervisores
Oficial del día28.607
Contramaestre32.421
Escuela Náutica (salarios por hora)
Idóneo126,79
Instructor134,04
Entrenador152,16
EDUCACION INICIAL
Maestro27.730
Educador23.570
Auxiliar Docente20.800
Tallerista23.570
RECREACION ( salarios por hora )
Recreador93,12
Idóneo en recreación74,50

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