Correctivo final Julio 2020

Grupo 7 Industria química, del medicamento, farmacéutica, de combustibles y anexos Subgrupo 4- Pinturas

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 15 de julio de 2020, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 7 “Industria Química, del medicamento, farmacéutica, de combustible y afines”, Subgrupo N° 04 “Pinturas”, integrado por los Delegados del Poder Ejecutivo: Dres. Gonzalo Illarramendi y Viviana Dell`Acqua Delegado Empresarial: Dr. Pablo Dúran Delegados del sector Trabajador: Sindicato de Trabajadores de la Industria Química (STIQ): Diego Zipitria y Silvio Planchesteiner.-

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Que en conformidad a lo dispuesto por Acta de Consejo de Salarios de fecha 22 de Noviembre de 2018, se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al correctivo final de acuerdo a la clausula CUARTO para el sector individualizado.

SEGUNDO: CORRECTIVO FINAL:

Se establece, con vigencia a partir del 1º de julio de 2020, un incremento salarial sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2020, de 1.77% (uno con setenta y siete por ciento), por concepto de correctivo final según acuerdo de fecha 22/11/18.

Aumentos nominales: 16.42%

IPC (1/7/18-30/6/20): 18.48%

Correctivo Final: 1,1848/1,1642=1,0275

TERCERO: De acuerdo a lo que antecede, los salarios mínimos nominales vigentes al 1ero de julio de 2020; son los siguientes:


Nota: contiene tabla que se apuede consultar en archivo .pdf que se adjunta.

 

Leída que les fue, las partes firman y ratifican.-

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