Grupo 6.3 - Parquet

Correctivo Julio 2020

ACTA.- En la ciudad de Montevideo, el día 31 de julio de 2020, reunido el Consejo de Salarios del GRUPO 6 “Industria de la Madera, Celulosa y Papel”, subgrupo 03 “Parquet, productos no especificados de madera, corcho , mimbre y muebles (excepto plásticos y metálicos) integrado por Delegados del Poder Ejecutivo: Dres. Mariam Arakelián, Gonzalo Illarramendi y Rosario Domínguez; Delegados de los Empleadores: Dra. Valeria Pérez Rosa, Delegados de los Trabajadores: Sres. Ruben Silva y Diego Asís; HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO.-  El día 28 de noviembre de 2018 se suscribió Convenio Colectivo, disponiéndose en la cláusula séptima del mismo un correctivo que se aplicaría, en caso de corresponder, a la finalización del acuerdo, consistente en un ajuste salarial en más por la diferencia resultante de la revisión de los cálculos de inflación proyectada del último ajuste salarial (12 meses) comparado con la variación real de la misma.

SEGUNDO.- La inflación proyectada fue de un 5% y la variación de los últimos doce meses, tomados de Julio 2019 a Junio 2020 equivale a un 10,36% por lo que corresponde aplicar un correctivo de 5,10%.

TERCERO.- Aplicado dicho ajuste sobre las remuneraciones vigentes al 30 de junio de 2020, los salarios mínimos por categoría para el sector serán, a partir del 1° de julio de 2020 los siguientes:

  1. Para todo el sector, con excepción del parquet, se establecen los siguientes salarios mínimos:

CATEGORÍAS     SALARIOS POR HORA

1) Aprendiz 1º      $   115,98

2) Aprendiz 2º      $   121,79

3) Aprendiz 3º      $  127,90

4) Aprendiz 4º      $ 135,56

5) Peón     $ 142,33

6) Medio Oficial   $ 149,44

7) Peón Especializado    158,42

8) Oficial    $ 167,92

9) Oficial Especializado   $ 179,67

  1. Para el parquet se establecen los siguientes salarios mínimos por categorías:

CATEGORÍAS        SALARIOS POR HORA

1) Aprendices colocadores y/o pulidores y/o maquinistas

Al ingresar al sector   $  97,46

Segundo semestre    $  99,20

Tercer semestre    $ 101,04

Cuarto semestre   $ 103,36

Quinto semestre   $ 103,42

Sexto semestre    $ 105,77

Séptimo semestre  $ 107,60

Octavo semestre   $ 111,67

Noveno semestre   $ 116,57

Décimo semestre  $ 125,82

2) Operarios clavadores con una producción 

de 5.000 tablillas de 5 grampas  $128,71                                                                                                                                                                                       

3) Operarios asfaltadoras con una producción

de 4.000 tablillas  $ 128,00

4) Peones   $ 133,02

5) Medio oficiales colocadores y/o maquinistas

   y/o pulidores   $ 148,47

6) Oficiales colocadores y/o maquinistas y/o

pulidores    $ 147,51

Todas las categorías enunicadas en los numerales I y II mantienen la definición dada en el Decreto 410/005 del 17 de octubre de 2005.

  1. Para todo el sector:

CATEGORÍAS     SALARIO MENSUAL  

1) Cadete       $ 19.131

2) Administrativo    $ 21.099

3) Vendedor    $ 21.099

4) Telefonista   $ 21.099

5) Administrativo contable   $ 23.327

6) Adminstrativo contable con tareas bancarias  $ 30.421

7) Chofer con carga, descarga y armado  $ 25.029

8) Chofer cobrador  $ 30.421

9) Sereno   $ 226.183

10)Sereno limpiador   $ 27.717

 Leída que fue la presente, se firman ocho ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicada.

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