Porcentaje incremento y tabla s/m (julio 2016)

Conforme a lo dispuesto por el Dec. 95/016 de 4 de abril de 2016, en su artículo tercero, el porcentaje de incremento salarial correspondiente al 1° julio de 2016 es de 3,75 %. A los salarios sumergidos se les acumulará el incremento salarial de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 2 del artículo primero del referido decreto.

Una vez aplicado el incremento, los salarios mínimos vigentes al 1° de julio de 2016 serán los siguientes:

CATEGORÍA

REMUNERACIÓN (jornal / hora)

Personal obrero (Base 48 Horas)

CATEGORÍA I

$108,69.-

CATEGORÍAII

$122,97.-

CATEGORÍAIII

$163,85.-

CATEGORÍAIV

$181,98.-

CATEGORÍAV

$186,05.-

CATEGORÍAVI

$204,81.-

 

CATEGORÍA

REMUNERACIÓN (mensual)

Personal administrativo( Base 44 Horas)

CATEGORÍA I (incluye adicional 1,75%)

$12167,85.-

CATEGORÍA II (incluye adicional 1,25%)

$15926,80.-

CATEGORÍA III

$22844,71.-

CATEGORÍA IV

$30649,23.-

CATEGORÍA V

$40020,28.-

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