Políticas para mejorar el acceso a una vivienda

Políticas para faciltiar el acceso a la vivienda.

Subsidio a la cuota

El subsidio a la cuota es un instrumento que aplica el Ministerio a todos sus programas habitacionales con el fin de facilitar el acceso y permanencia en la vivienda a quienes no cuentan con ingresos suficientes para hacerlo. Para su determinación se consideran los ingresos de las familias y su composición, lo que permite transformar este instrumento en un elemente redistributivo de la riqueza. A su vez, busca hacer de los subsidios un elemento transparente.

Desde el año 2005 la Política de Vivienda y Hábitat se ha ido consolidando en una política pública de Estado; los planes quinquenales rectores de cada uno de los períodos dan cuenta de ese proceso con niveles crecientes de involucramiento de la sociedad civil organizada.

Tomando en cuenta el legado de la Ley No 13.728 de Plan Nacional de Viviendas de 1968, en el año 2005 se rediseñaron los instrumentos básicos de toda política habitacional concebidos por la norma:

  • Aporte de los destinatarios: en forma de trabajo, gestión o capital
  • Préstamos: para democratizar el acceso a la vivienda
  • Subsidios: para la permanencia en la vivienda y como elemento redistributivo de la riqueza

Es la combinación adecuada de estos tres instrumentos básicos en los diferentes programas de vivienda que impulsa el Mvotma junto al Sistema Público de Vivienda (SPV) que se facilita el acceso y la permanencia de las familias.

Esta variedad de instrumentos, que contemplan las capacidades, estructura y ciclos vitales de los hogares, permiten una mejor atención de los objetivos de equidad social y calidad en las condiciones habitacionales de vida.

El subsidio a la cuota constituye la innovación más trascendente, pues se constituye en un elemento central para la aplicación del principio de equidad social. Con este instrumento las familias acceden a una variedad de soluciones de acuerdo a su capacidad de pago.

El subsidio se revisa periódicamente. Si los ingresos aumentaron al momento de la revisión, la cuota a pagar se elevará a otra franja de afectación; pero si los ingresos disminuyeron en forma significativa, se podrá solicitar un monto mayor de subsidio a la cuota.

Este instrumento que originalmente se aplicó a partir de una resolución ministerial, en 2018 se transformó en Ley.

Ley Nº 19.588 - Sistema de subsidios a la demanda habitacional.
 

Fondo de Garantía de Créditos Hipotecarios (FGCH)

El Fondo de Garantía de Créditos Hipotecarios (FGCH) fue creado para facilitar el acceso a la vivienda de aquellas familias que, aún con la capacidad de pagar una cuota mensual, no tienen el ahorro previo suficiente para acceder a la compra de un inmueble a través de un crédito hipotecario.

Con el FGCH sólo será necesario un ahorro inicial de entre 10% y 25% y se puede financiar hasta el 90% del valor de la vivienda en un plazo máximo de 25 años (a través de los bancos que operan con el FGCH).

Es el resultado de las políticas públicas de vivienda y el trabajo interinstitucional entre actores públicos y privados, para facilitar el acceso a la vivienda de todos los uruguayos.

¿Qué requisitos se deben cumplir?

El ingreso líquido del núcleo familiar no puede superar las UR 100 (ver valor UR)

Estar libre de embargos, interdicciones y gravámenes de todo tipo.
El crédito se debe aplicar exclusivamente a la compra de un inmueble en el país destinado a vivienda única.

Contar con un ahorro previo de entre 10% y 25% del valor de la vivienda, y no del 30% como habitualmente lo exige la oferta hipotecaria actual.

Características del Programa:

  • Garantiza un crédito hipotecario para la compra de una vivienda única.
  • El valor máximo de la vivienda no puede superar estos topes (ver topes)
  • El programa aplica para vivienda usada y vivienda nueva. Ésta última correspondiente a las Viviendas de Interés Social (Ley Nº 18.795)
  • El máximo monto avalado a prestar es del 90% del valor de la vivienda (el mínimo es de 75%).
  • El préstamo es en Unidades Indexadas (UI) o en pesos.
  • Plazo máximo de 25 años.
  • La cuota debe ser inferior al 35% de los ingresos del núcleo familiar.
  • Deben calificar como sujeto de crédito ante las instituciones financieras adheridas.
     

¿Cómo solicitar el fondo?

  • Quien desea comprar, debe elegir una vivienda y cumplir con los requisitos y valores máximos establecidos.
  • Luego debe presentarse en una de las instituciones financieras adheridas, manifestar su interés de recibir la cobertura del FGCH (suscribir el Formulario de Aceptación de la Garantía) y calificar como sujeto de crédito (cumplir con el nivel mínimo de ingresos formales requeridos por estas entidades, no figurar en el Clearing, etc.).
  • Con la información del banco debe dirigirse a quien vende la vivienda.
  • Esquema comparativo sin FGCH y con FGCH

Instituciones financieras 

  • BBVA
  • BHU
  • HSBC
  • Santander
  • Scotiabank

Por más información:

  • Comunicarse con ANV por el 17217, de 10 a 17 horas.
  • Enviar un correo electrónico a info@anv.gub.uy

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