Declaración Jurada - Ley N° 19.574 de 20/12/2017

Descripción

Art. 9º.- “El Presidente y Vicepresidente de la República, los Senadores y Representantes Nacionales, los Ministros y Subsecretarios de Estado, los Directores Generales de Secretaría de los Ministerios, los Directores de Entes Autónomos, Servicios Descentralizados y Personas Públicas No Estatales y cualquier cargo político y de particular confianza, no podrán ser accionistas, beneficiarios finales, ni tener ningún tipo de vinculación, con sociedades comerciales domiciliadas en jurisdicciones de nula o baja tributación, mientras se desempeñan en el cargo público.” (Ley N° 19.574 de 20/12/2017).

 

A quién va dirigido

  • Personas vinculadas con el Estado

Enlaces

Etiquetas