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Última actualización: 03/07/2024
Ministerio del Interior - Dirección General de Fiscalización de Empresas

Habilitación o renovación de guardias para empresas de seguridad DI.GE.F.E.

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento Decreto 353/23

Es la habilitación, renovación o modificación al personal de las Empresas de Seguridad debidamente habilitadas para desempeñarse como guardia con arma, guardia sin arma o guardias para locales bailables o afines.

Podrán solicitar la habilitación o renovación para guardia o técnicos desde los 18 hasta los 70 años inclusive.

Deberá de contra con el monto correspondiente a los timbres de los certificados, cargados en el trámite. Cuponera de Timbres para Trámites de la DI.GE.F.E.

La empresa deberá de declarar los elementos de seguridad a través del Tramite correspondiente (arma/s, chaleco/s, otros) y los servicios.

Requisitos

Habilitación guardias sin arma :

  • Documento de identidad vigente de ambos lados.
  • Escolaridad (mínimo primaria completa).
  • Curso de capacitación.
  • Aptitud psicológica.
  • Control de salud de ambos lados.
  • Certificado de antecedentes judiciales.
  • Foto carne a color.

Renovación guardia sin arma:

  • Debe presentar toda la documentación antes mencionada. Escolaridad mínima (primaria completa). Si es extranjero la escolaridad debe estar apostillada y legalizada o resolución de revalida.

Habilitación guardias con arma :

  • Documento de identidad vigente de ambos lados.
  • Escolaridad (mínimo ciclo básico completo sin materias previas).
  • Curso de capacitación.
  • Aptitud psicológica.
  • Control de salud de ambos lados y aptitud física.
  • Certificado de antecedentes judiciales.
  • Foto carne a color.
  • Curso de tiro.

Renovación, guardia con arma: 

  • Debe presentar toda la documentación. En cuanto a la escolaridad, se puede presentar como mínimo primaria completa. Si es extranjero la escolaridad debe estar legalizada y apostillada o revalidada.

Habilitación guardias extranjeros todas las categorías :

  • Escolaridad debe estar apostillada y legalizada o resolución de revalida.
  • Si el mismo no cuenta con la residencia legal se solicita documentación adicional:
    • Movimientos migratorios.
    • Antecedentes judiciales del país de nacimiento o del que residió los últimos 5 años.
  • ATENCIÓN: Las renovaciones deben gestionarse hasta el día antes del vencimiento. Vencido el plazo, deberá realizar un tramite de habilitación cumpliendo con todos los requisitos para la misma. Si renueva fuera de plazo, dicho tramite será rechazado debiendo realizar uno de habilitación, teniendo que abonarlo nuevamente.

Otros datos de interés

DOCUMENTACIÓN SOLICITADA PARA TODAS LAS CATEGORÍAS

  • Documento de identidad vigente de ambos lados.
  • Control de salud de ambos lados vigente.
  • Certificado de antecedentes judiciales con menos de 90 días de solicitado.
  • Foto carné a color.
  • Fotos del Logo de la empresa y Uniforme de Verano – Invierno de frente, perfil y espalda.
  • De haber prestado servicios en las fuerza policial o armada deberá de presentar resolución o constancia de desvinculación.

 

DATOS SOLICITADO EN EL TRÁMITE

  • Datos de la empresa (Rut – Nombre fantasía - Correo electrónico – Domicilio – Teléfonos).
  • Datos personales del Guardia .
  • Domicilio del Guardia.
  • Datos de Contacto del Guardia.
  • Datos de los Centros de Capacitación debidamente habilitados por esta Dirección que expidieron los cursos (exceptuando los Técnicos comunicarse en este caso con la DI.GE.F.E. a fin de completar este dato).
  • Datos del Psicólogo debidamente registrado en esta Dirección que expidió la Aptitud psicológica (numero de CI del profesional).
  • De haber prestado servicios en las fuerza policial o armada deberá de proporcionar datos de alta y baja.

 

Habilitación guardias sin arma:

  • Escolaridad (mínimo primaria completa).
  • Aptitud psicológica de Guardia sin arma o con arma.
  • Curso de capacitación de Guardia sin arma o con arma.

Renovación guardia sin arma:

  • Debe presentar toda la documentación antes mencionada.
  • Escolaridad mínima (primaria completa). Si es extranjero la escolaridad debe estar apostillada y legalizada o resolución de revalida.

 

Habilitación guardias con arma :

  • Escolaridad (mínimo ciclo básico completo sin materias previas).
  • Curso de capacitación como guarida con Arma.
  • Curso de tiro.
  • Aptitud psicológica (Apto como guardia con Arma).

 

Habilitación Guardia para locales bailables y afines :

  • Curso de capacitación.
  • Aptitud psicológica (Apto como guardia para locales bailables y afines).

 

Habilitación guardias extranjeros todas las categorías:

  • Escolaridad debe estar apostillada y legalizada o resolución de revalida.
  • Si el mismo no cuenta con la residencia legal se solicita documentación adicional:
    • Movimientos migratorios.
    • Antecedentes judiciales del país de nacimiento o del que residió los últimos 5 años.

 

ATENCIÓN: Las renovaciones deben gestionarse hasta el día antes del vencimiento. Vencido el plazo, deberá realizar un trámite de habilitación cumpliendo con todos los requisitos para la misma. Si renueva fuera de plazo, dicho trámite será rechazado debiendo realizar una habilitación debiendo abonar el monto correspondiente.  

 

A TRAVÉS DE LA OPCIÓN "MODIFICACIÓN", SE PODRÁ MODIFICAR LOS DATOS DEL REGISTRO DEL PERSONAL HABILITADO ANTE DI.GE.F.E., EN RELACIÓN A:

  • CAMBIOS DE DATOS DE CONTACTO O DOMICILIO.
  • PÉRDIDA DE CARNÉ.
  • DATOS DE ANTECEDENTES LABORALES Y FORMACIÓN.

 

Iniciar trámite en línea

Costos

  • Habilitación: 500 UI (Unidades Indexadas).
  • Carné: 45 UI (Unidades Indexadas).
  • Para guardia con arma se agrega al costo general el porte de arma: 140,40 UI (Unidades Indexadas).
  • Deberá de contar con con los timbres requeridos cargados en el trámite “Cuponera de Timbres” 

Si el trámite no se paga en el plazo establecido, el mismo no se iniciará y deberá realizarlo nuevamente.

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