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Última actualización: 13/03/2025
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones

Transferencia de autorización o licencia de servicios de comunicación audiovisual

Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).

Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23

En cumplimiento del Decreto 353/023 de fecha 9 de noviembre de 2023 se le informa, que URSEC no solicita ningún requisito que se encuentre disponible en la Plataforma de Interoperabilidad (PDI); solicitándose los mismos a la administración correspondiente.  

Es el trámite para transferir la autorización y/o licencia para los servicios comprendidos en la Ley N°19.307 (radio, televisión abierta y televisión para abonados en sus distintas modalidades).

Requisitos

  • El cedente y adquirente tienen que estar registrados en URSEC y contar con domicilio electrónico.
  • El adquirente si no es prestador de Servicios de Comunicación, se registra como “futuro adquirente de SCA”.
  • El trámite lo realiza el adquirente.
  • Recomendamos consultar el instructivo para  Verificar la documentación solicitada a socios o accionistas adquirientes o cedentes según corresponda.
  • Instructivo transferencia de autorización o licencia de SCA

Requisitos que se solicitan porque no están disponibles en la Plataforma de Interoperabilidad (PDI) 

  • Credencial Cívica digitalizada.
  • Constancia de voto en la última elección, justificación expedida por la Corte o nota explicativa.
  • Constancia de Domicilio Real expedida por dependencia policial o certificado notarial o Declaración Digital de Domicilio
  • Constancia de solicitud de antecedentes judiciales.
  • Certificado de registro de actos personales sección interdicciones.
  • Constancia de Solicitud de Certificado Especial BPS del cedente.
  • Constancia de Solicitud de Certificado Especial DGI del cedente.

Otros datos de interés

Requisitos que no se solicitan porque están disponibles en la Plataforma de Interoperabilidad (PDI)

  1. Certificado vigente de BPS.
  2. Certificado vigente de DGI.

Cumplido el trámite legal dispuesto, y una vez obtenida la resolución favorable del Poder Ejecutivo a la realización del negocio, se deberá presentar el negocio definitivo en el plazo de 4 meses a contar desde la notificación de la citada resolución, el que quedará sujeto a la aprobación del Poder Ejecutivo

Consultas sobre como realizar el trámite:

  • Número de WhatsApp 091671177

Otras consultas: 

    Iniciar Trámite en Línea

    Costos

    • El trámite no tiene costos.
    • Las declaraciones juradas requieren timbre profesional que se abonarán en línea en el trámite.

    Vías disponibles para realizar el trámite

    • ¿Qué se necesita?

      Por Internet

      Navegador requerido:

      • Chrome versión 52 o posterior.
      • Mozilla Firefox versión 7 o superior.
      • Internet Explorer 11 o superior.

      En persona

      • Presentarse en oficinas de URSEC, previa agenda, para realizar el trámite en línea asistido por un funcionario, recordar contar con la documentación que desee adjuntar.
    • ¿Cómo se hace?

      Por Internet

      1. Ingresar en el botón "Iniciar Trámite en Línea".
      2. Acceder con usuario o identificación electrónica.
      3. Se ingresan los datos solicitados en el formulario web.
        Iniciar en Línea

        En persona

        1. Con asistencia en la sede de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (Avenida Uruguay 988) agendándose previamente.
        2. Presentándose con la documentación solicitada según instructivo.
      • ¿Dónde y cuándo se realiza?

        Ver listado de direcciones
          • Montevideo
            • Dirección: Avda. Uruguay 988
            • Horario: De lunes a viernes de 9:15 a 15:15.
            • Teléfono: +598 2902 8082 – 0800-1872
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