Transferencia por el modo sucesión en servicios de comunicación audiovisual
Las Entidades Públicas no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados ni solicitar certificados, constancias, testimonios u otra documentación cuando la información contenida en éstos pueda obtenerse a través de medios digitales seguros de otras entidades (Decreto 353/23).
Denuncia por incumplimiento del Decreto 353/23En cumplimiento del Decreto 353/023 de fecha 9 de noviembre de 2023 se le informa, que URSEC no solicita ningún requisito que se encuentre disponible en la Plataforma de Interoperabilidad (PDI); solicitándose los mismos a la administración correspondiente.
Es el trámite para transferir la autorización o licencia de un Servicio de Comunicación Audiovisual así como las cuotas o acciones por el modo sucesión.
Requisitos
- El causante tiene que estar registrado en URSEC como titular de un SCA o como socio o accionista de un operador de SCA.
- Los herederos tienen que estar registrados en URSEC y contar con domicilio electrónico
- El trámite lo realiza uno de los herederos.
- Si el causante es titular de un SCA o posee acciones o cuotas sociales en un servicio de Radiodifusión, los herederos extranjeros deberán previamente hacer la cesión de derechos.
- Si el causante es titular de un SCA o posee acciones o cuotas sociales en un servicio de TV para abonados, los herederos extranjeros que superen el 49% del capital accionario, deberán previamente realizar una cesión de derechos.
- Instructivo para trámite de transferencia por el modo sucesión de servicios de comunicación audiovisual
- Requisitos que se solicitan porque no están disponibles en la Plataforma de Interoperabilidad (PDI)
- Credencial Cívica digitalizada.
- Constancia de voto en la última elección, justificación expedida por la Corte o nota explicativa.
- Constancia de Domicilio Real expedida por dependencia policial o certificado notarial o Declaración Digital de Domicilio
- Constancia de solicitud de antecedentes judiciales.
- Certificado de registro de actos personales sección interdicciones.
- Constancia de Solicitud de Certificado Especial BPS del cedente.
- Constancia de Solicitud de Certificado Especial DGI del cedente.
Otros datos de interés
- Requisitos que no se solicitan porque están disponibles en la Plataforma de Interoperabilidad (PDI)
- Certificado de BPS.
- Certificado de DGI.
- Consultas sobre como realizar el trámite:
- Número de WhatsApp 091671177
- Otras consultas:
Costos
- El trámite no tiene costo.
- Las declaraciones juradas requieren timbre profesional que se abonarán dentro del mismo trámite en línea.
Vías disponibles para realizar el trámite
¿Qué se necesita?
Por Internet
Contar con Usuario gub.uy u otro medio de identificación electrónica o proveedor de identidad como ser:
· Cédula de Identidad digital (es necesario contar con lector de cédula).
· TuID – Antel.
- Contar con la documentación solicitada escaneada en formatos solicitados.
Navegador requerido:
- Chrome versión 52 o posterior.
- Mozilla Firefox versión 7 o superior.
- Internet Explorer 11 o superior.
En persona
- Presentarse en oficinas de URSEC persona autorizada en el Registro de personas y empresas de URSEC, previa agenda, para realizar el trámite en línea asistido por un funcionario.
- Presentarse con la documentación solicitada según instructivo.
¿Cómo se hace?
Por Internet
Iniciar en Línea- Se accede a través del botón "Iniciar Trámite en Línea".
- Acceder con su usuario o identificación electrónica.
- Se ingresan los datos solicitados en el formulario web.
En persona
- Con asistencia en la sede de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, agendándose previamente
- Concurriendo a URSEC, Avenida Uruguay 988, el día y hora agendado.
¿Dónde y cuándo se realiza?
Ver listado de direcciones- Montevideo
- Dirección: Avda. Uruguay 988
- Horario: De lunes a viernes de 9:15 a 15:15.
- Teléfono: +598 2902 8082 – 0800-1872
- Montevideo
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