Más visibilidad

Se aprueba decreto que establece la vigencia de las bandas perimetrales retrorreflectantes en camiones y buses

El Decreto 438/022 atiende a lo dispuesto en el literal D del numeral 1° de la Ley N° 18.191 del 18 de abril de 2007.
Vista de ruta nacional donde se ve transporte pesado

Con fecha 29 de diciembre de 2022, se aprobó el decreto 438/022 que establece el uso de bandas perimetrales retrorreflectantes en los vehículos de transporte nacional por carretera de carga o pasajeros.

Dicho artículo establecía un equipamiento mínimo obligatorio, en condiciones de uso y funcionamiento, abarcando a los sistemas de iluminación y señalización que permitan buena visibilidad y seguridad en la circulación.

El tema fue parcialmente laudado con el Decreto 434/009 del 28 de setiembre de 2009  que incorporó la resolución GMC N° 64/08 haciendo obligatorio el uso de bandas reflectivas para vehículos de transporte internacional por carretera de carga o pasajeros.

Con la iniciativa aprobada ahora, se incorpora el uso de las bandas reflectivas al transporte nacional por carretera de carga y pasajeros, estableciendo los requisitos y características de las mismas, así como su forma de uso y colocación en los vehículos.

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