Gacetilla informativa de las Elecciones Universitarias 2025
Informe
ELECCIÓN DE AUTORIDADES
DE LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA 2025
Fecha de la elección: 12 de noviembre de 2025
Horario de votación: de 8 a 19 horas
El voto es obligatorio, a excepción de las personas mayores de 75 años inclusive.
Qué se elige
- Asamblea General del Claustro: 3 miembros por el orden docente, 2 miembros por los egresados y 2 por los estudiantes.
- Asamblea del Claustro de Facultad o Instituto asimilado: 15 miembros por los docentes, 10 por los egresados y 10 por los estudiantes.
- Consejo de Facultad o Instituto asimilado a Facultad: 3 miembros del orden estudiantil para todas las facultades excepto Facultad de Derecho, 5 (miembros) del orden docente para Facultad de Artes y Facultad de Información y Comunicación, 3 (tres) miembros del orden egresados para Facultad de Artes, Facultad de Información y Comunicación y Facultad de Ciencias Sociales.
En todos los órganos conjuntamente con los titulares se elegirán doble número de suplentes.
Habilitados para votar
Estarán habilitados para votar los estudiantes, docentes y egresados de la Universidad del la República que se encuentren incluidos en el padrón de habilitados.
Los electores deberán votar en todas las Facultades o Institutos asimilados a Facultad en las que se encuentren habilitados, en el orden que le corresponde en cada una de ellos.
Dónde votar
Podrá consultar el circuito donde le corresponde votar en el buscador del padrón de habilitados.
La búsqueda se podrá realizar por cédula de identidad o por nombre y apellido.
El buscador indicará si la persona está o no habilitada para votar. En caso afirmativo, figurarán su nombre y apellido; orden y facultad; número, dirección y departamento del circuito y si este es accesible.
Circuitos accesibles
Quienes se encuentren en situación de discapacidad motriz permanente o transitoria, y les correspondiera votar en un local o comisión receptora de votos que no cuente con condiciones de accesibilidad, podrán votar en otro circuito accesible del departamento, en carácter de observado simple.
Consulte aquí los circuitos accesibles
En el interior del país
Para el caso de estar habilitado en una localidad y encontrarse en otra donde funcionen comisiones receptoras de votos, podrá votar en calidad de observado simple, siempre y cuando esta localidad esté dentro del departamento que le corresponde votar.
Voto por correspondencia
Podrán votar por correspondencia los electores que se encuentren en una localidad donde no funcionen comisiones receptoras de votos, siempre que sea dentro del departamento al que pertenece su circuito (Ver Cómo votar)
No se admitirán votos observados por encontrarse fuera del departamento |
Cómo votar
La cédula de identidad es el único documento válido para votar.
El sufragio se realizará por orden de llegada en los circuitos electorales donde funcionarán comisiones receptoras de votos compuestas por tres miembros: presidente, secretario y vocal.
Electores no videntes o físicamente imposibilitados
Quienes se encuentren en esta situación podrán hacerse acompañar al cuarto secreto por una persona de su confianza o un miembro de la Comisión Receptora de Votos, si así lo desea.
Voto por correspondencia
Quienes voten por correspondencia, deberán sufragar el día 11 de noviembre (el día previo al acto eleccionario) en calidad de observado por identidad, en una oficina de la Administración Nacional de Correos habilitada para ese fin, durante el horario de atención al público de la correspondiente Agencia.
Acceda aquí a las direcciones y horarios de las Agencias del Correo habilitadas.
Hojas de votación
Habrá 3 tipos de hojas de votación:
- Una que contendrá la lista de candidatos para integrar la Asamblea General del Claustro.
- Una que contendrá la lista de candidatos a integrar la Asamblea del Claustro de cada Facultad.
- Una que contendrá la lista de candidatos a integrar el Consejo de Facultad en todos los órdenes para Facultad de Artes y la Facultad de Información y Comunicación, en el orden. Egresados para la Facultad de Ciencias Sociales y en el orden Estudiantil para todas las Facultades excepto Facultad de Derecho.
La disponibilidad de hojas de votación en los cuartos secretos será competencia de quienes registraron las mismas ante la Corte Electoral. Son sus delegados los encargados de abastecer de hojas a los circuitos durante la jornada electoral. Si el votante no encontrara la hoja que desea votar, podrá retirarse sin sufragar y volver en otro momento.
En las Agencias de la Administración Nacional de Correos no habrá hojas de votación disponibles. Los electores que voten por correspondencia deberán concurrir con las hojas de su preferencia.
Constancias de voto
Por ser una elección de carácter obligatorio, los integrantes de las comisiones receptoras de votos le entregarán una constancia de voto a cada elector. Se recomienda revisar los datos que figuran en ella antes de retirarse.
Las personas que voten por correspondencia o no estén incluidos en el padrón de habilitados podrán descargar de la página web de la Corte Electoral sus constancias luego de transcurrido el escrutinio final.
Sanciones y justificaciones por la no emisión del voto
Las personas que estén habilitadas y no concurran a votar en estas elecciones podrán justificar la no emisión del voto por las siguientes causas: padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física, estar ausente del país el día del acto o por razones de fuerza mayor.
Se considerará causa de fuerza mayor el encontrarse fuera del departamento en el que le corresponda votar al elector, el día del acto electoral, lo que se acreditará con prueba documental o declaración jurada.
Las personas habilitadas que sin causas fundadas no hubieran votado serán pasibles de una sanción:
- Los electores del orden docente y del orden egresados deberán pagar una multa de 5 unidades reajustables, cuyo importe se determinará a la fecha de la elección.
- Los electores del orden estudiantil no podrán rendir exámenes durante 2 períodos consecutivos.
Acceda aquí a toda la información sobre la justificación
