Estrategia para el abordaje de la prevención del consumo problemático de drogas en los entornos laborales - E-book

Anexos

  • Plan de Acción Hemisférico sobre Drogas 2021 - 2025 - CICAD/OEA
    Medidas de prevención, tratamiento y apoyo en la recuperación.
    Objetivo 2:  Establecer o fortalecer un sistema integrado de programas de prevención universal, selectiva e indicada del consumo de drogas basados en la evidencia, en los cuales se dé prioridad a poblaciones en situación de vulnerabilidad, así como prevención ambiental, que incorpore un enfoque de derechos humanos, género, edad y multiculturalidad. 
  • Visión estratégica para América Latina y El Caribe 2022-2025 - UNODC
    Este documento ofrece una ruta de acción para respaldar el compromiso de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) con los Estados Miembros en el fortalecimiento de las respuestas para prevenir y enfrentar la delincuencia organizada, las drogas y la corrupción.
  • Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) - ONU
    Objetivo 3 - Salud y Bienestar: Garantizar una vida sana y promover el bienestar en todas las edades es esencial para el desarrollo sostenible.
    Metas:
    3.5. Fortalecer la prevención y el tratamiento del abuso de sustancias adictivas, incluido el uso indebido de estupefacientes y el consumo nocivo de alcohol.
    3.a.  Fortalecer la aplicación del Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud
    para el Control del Tabaco en todos los países, según proceda.
  • Ley N° 14294 - Ley de estupefacientes.
    Listas I y II de la Convención Única de Nueva York. Lista I sobre Sustancias Sicotrópicas de Viena. Medidas contra el comercio ilícito de drogas.
  • Ley N° 17016 - Normas referentes a estupefacientes y sustancias que determinen dependencia física o psíquica.
  • Ley N° 16579 - Aprobación de la  Convención de Naciones Unidas contra el Tráfico Ílícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, adoptada en Viena el 20 de diciembre de 1988, suscripta por Uruguay el 19 de diciembre de 1989
  • Ley N° 19529 - Ley de Salud Mental
    Artículo 5. Consumo problemático de sustancias psicoactivas. El consumo problemático de sustancias psicoactivas, en tanto su naturaleza es multidimensional, será abordado en el marco de las políticas de salud mental desde una perspectiva integral que incluya la reducción de riesgos y daños, la atención psicosocial, la integración educativa y laboral, la gestión del tiempo libre y el placer y la atención de los vínculos con referentes socio afectivos en los ámbitos familiar y comunitario.
  • Ley N° 19172 - Ley de Regulación y Control del Cannabis
    Capítulo II, de la salud y la educación de la población y los usuarios
    Artículo 12.
    La Junta Nacional de Drogas estará obligada a realizar campañas educativas, publicitarias y de difusión y concientización para la población en general respecto a los riesgos, efectos y potenciales daños del uso de drogas, para cuyo financiamiento podrá realizar convenios y acuerdos con las empresas del Estado y el sector privado.
  • Ley N° 19855 - Creación de marco regulatorio para el consumo problemático de bebidas alcohólicas.
    Capítulo IV. Prevención
    Artículo 12.
    Compete a la Junta Nacional de Drogas articular las acciones de promoción de salud y prevención del consumo problemático de bebidas alcohólicas, a partir de un abordaje intersectorial que comprometa al conjunto de los actores públicos y privados para contribuir a estimular hábitos de vida saludables y un consumo responsable, sin perjuicio de las competencias específicas que cada organismo del Estado posee.
    Artículo 13. La Junta Nacional de Drogas coordinará conjuntamente con el Ministerio de Educación y Cultura y la Administración Nacional de Educación Pública, las medidas necesarias para que en los centros educativos de todo el país se impartan contenidos relacionados con la prevención del consumo riesgoso y problemático de bebidas alcohólicas, la promoción de hábitos de vida saludables, procurando acciones estables, adaptadas a la realidad de cada nivel educativo y con la participación de las familias y de la comunidad.
  • Ley N° 18256 - Protección del derecho al medio ambiente libre de humo de tabaco y su consumo.
  • Ley N° 15965 - Aprobación de Convenios Internacionales en materia de Seguridad, Higiene y Salud en el Trabajo (148, 155 y 161)
  • Decreto 128/016 - Reglamentario de Ley N° 19172.  Procedimiento de actuación en materia de consumo de alcohol, cannabis y otras drogas en lugares y en ocasión del trabajo.
  • Decreto 291/007 - Reglamentación del Convenio Internacional del Trabajo N° 155 sobre prevención y protección contra riesgos derivados de cualquier actividad

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