Traslado del Club de Niños Luciérnaga de Paysandú

Solicitud de información referente al Club de Niños Luciérnaga de Paysandú.

Acto administrativo que dispone el traslado del Club Luciérnaga y los fundamentos que dan base a la decisión.

Solicitud de información

Instituto del Niño y

Adolescente del Uruguay

información referente a Club de Niños
Luciérnaga de Paysandú

Solicitante: Sr. Representante Nicolás Olivera

Expediente N°: 19751-17

Fecha de Inicio: 16-06-2017

INFORME

  1. Acto administrativo que dispone el traslado del Club Luciérnaga.

Se adjunta acuerdo firmado con la OSC Arcoíris Paysandú.

  1. Fundamentos que dan base a la decisión

Readecuación organizacional, mejora en la calidad de atención de niñas, niños y adolescentes. Cambio metodológico y de las condiciones de infraestructura del Instituto.

El INAU se encuentra asentando su proceso de readecuación institucional. En el marco del mismo, se han analizado sus diferentes recursos organizacionales, recursos humanos, situación de infraestructura, etc. Se crearon tres Subdireccíones Generales: Gestión Territorial, Programática y Administración y desde ellas se trabaja coordinadamente para generar condiciones para el desarrollo de políticas de infancia de manera de garantizar en todas sus dimensiones los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

Desde el Programa Intervenciones Especializadas dependiente de la Sub Dirección Nacional Programática se trabaja en la mejora de las respuestas a las situaciones de extrema vulnerabilidad entre ellos las situaciones de discapacidad en las cuales las personas quedan privadas del cuidado familiar.

Asimismo desde la Sub Dirección de Gestión Territorial de la cual dependen las Direcciones Departamentales se profundiza la relación con el territorio aspecto central en los principios de la readecuación dado que es desde las realidades y contextos de las personas que se deben tomar las decisiones y mejorar las líneas de trabajo con la población y en particular colocar como sujetos de derechos a las niñas, niños y adolescentes.

En particular en las líneas de trabajo sobre discapacidad, INAU se encuentra realizando un profundo cambio en los modelos de atención junto a otras instituciones en particular PRONADIS, el MSP y ASSE en concordancia con los lineamientos nacionales e internacionales en la materia.

En este sentido se vienen llevando a cabo importantes avances en la atención de éste perfil de población, pasando a proyectos de menor dimensión, diferenciando centros en función de los diferentes grados de dependencia y posibilidades de autonomía de las personas atendidas, para garantizar las mejores condiciones posibles.

A los efectos de cumplir con este objetivo, comienza el proceso de rescisión de los Convenios entre INAU e IMCOS para la gestión de los Proyectos Aldeas de la Bondad, en los cuales se atienden en régimen de 24hs a adultos con díscapacidad. Las dificultades de estos proyectos trascienden los motivos económicos. Se trata de una situación que se fue suscitando durante muchos años, que implicó importantes esfuerzos institucionales para garantizar el cuidado de la población atendida, y la correcta gestión de los recursos humanos y materiales implicados en el buen funcionamiento de los proyectos.

INAU tiene a su cuidado personas adultas, que siendo niños o adolescentes quedaron a cargo de la Institución, en función de sus patologías y discapacidades y que por diferentes motivos sus familias no pudieron hacerse cargo.

Una de las organizaciones a través de la cual la Institución ha garantizado el cuidado de estas personas ha sido la Fundación IMCOS, con la cual existe convenio desde el año 1986.

En relación al modelo de cuidado, en Aldeas de la Bondad se realiza un tipo de cuidado que responde a una vieja concepción, de modelo asilar, colonias, en las que convive toda la población, que es en realidad muy heterogénea. En ésta concepción se parte de la base de que ese hogar es “para el resto de la vida”, o se habla de “siempre niños”, cuando en realidad con muchas de las personas se podrían abordar proyectos de socialización y autonomía. Este modelo, por sus características, no promueve en la mayoría de los casos el contacto con las familias de las personas.

Las miradas sobre la discapacidad se han ido transformando y es preciso promover un modelo de atención en clave de derechos que genere procesos de autonomía, socialización e integración. En este sentido existen mecanismos, recomendaciones internacionales y legislación nacional que establecen lineamientos hacia una mejora en la calidad de atención e integración de ésta población.

La búsqueda de incorporar ese modelo llevó a INAU a trabajar para que las personas atendidas en sus diferentes proyectos fueran incorporando estas modificaciones. Se realizaron esfuerzos para que la organización transformara y mejorar el cuidado y atención de la población. Pero esta transformación no fue posible. Por su parte se realizaron auditorías de gestión, inspecciones por parte del MSP a los proyectos Aldeas de la Bondad, que fueron constatando importantes dificultades.

En los últimos años se fue constatando a través de diferentes auditorías realizadas por MSP y ASSE un importante deterioro en la calidad de atención sanitaria, aspectos que están documentados. Por lo que lejos de incorporar el modelo planteado, se constataba una situación de declive en la atención.

-Se constata deficiencias en la higiene e infraestructura. Medicamentos vencidos en la heladera de la enfermería, tanque de respaldo de agua para consumo sucio, inexistencia de equipos de esterilización, registros clínicos extremadamente escasos e inconsistentes, inexistencia de lugares de custodia para las pertenencias de los internos, y carencia de procedimientos para: provisión de alimentos, medicación, controles de enfermería, higiene ambiental, gestión de residuos, limpieza de planta.

Por otra parte, a partir de lo que recogen los informes de las intervenciones judiciales solicitadas por Inau en 2008 y 2014, así como los informes contables, realizados por la Dirección Departamental de Salto, División Convenios de INAU (unidad competente en el control administrativo financiero del convenio y la supervisión del proyecto) y por la contadora interventora dispuesta por INAU. Se documentan importantes deficiencias en el trabajo de la organización en la gestión de los recursos administrativos, humanos y económicos. -A modo de ejemplo informes indican en relación a la gestión de fondos: utilización de dinero de pensiones del BPS para gastos no autorizados, salarios por debajo del laudo, adeudos y atrasos en el pago de beneficios sociales de los trabajadores, retenciones de sueldos que no se vierten a ANDA, ACAC, etc.

La situación antes señalada provoca desde el año 2005, 21 juicios laborales iniciados por los trabajadores por adeudos de aguinaldos, presentismo, antigüedad, horas extras, licencias, incidencia en el salario vacacional, etc. Contando la organización con un sobredimensionado equipo administrativo y con asesoramiento legal estable en su equipo, las demandas producen y generan al INAU una obligación de erogación de $U 43.646.810.

Todo ello determinó la decisión de INAU de rescindir los Convenios mencionados con la Fundación IMCOS.

Por otra parte la propia organización IMCOS en enero de 2015 plantea por nota la rescisión de los Convenios.

 

Para poder responder a las transformaciones planteadas en los modelos de atención se pasa de 2 proyectos uno en Salto y otro en Paysandú, a 5 nuevos proyectos especializados. Los llamados para esos nuevos proyectos se diseñaron de acuerdo a los diferentes perfiles de atención, separados a partir del grado de dependencia y características de las personas (dependencia total, dependencia leve y moderada).Categorizando a la población en función de la complejidad que presentan sus discapacidades y/o trastornos psiquiátricos asociados y los requerimientos de atención en función del nivel de dependencia de la siguiente manera: Renglón A: adolescentes, jóvenes y adultos que presentan retardo mental Leve o moderado, portadores de Trastornos Generalizados del Desarrollo (TGD) , trastornos en la conducta, patologías psiquiátricas estabilizadas y trastornos motrices, sensoriales, epilepsia, enfermedades metabólicas con nivel de dependencia leve o moderada. Renglón B: adolescentes, jóvenes y adultos que presentan retardo mental grave, TGD, trastornos en las conductas, patologías psiquiátricas estabilizadas, trastornos motrices, sensoriales, epilepsia, enfermedades metabólicas crónicas considerándose con Nivel de dependencia grave o severo. Renglón C: adolescentes, jóvenes y adultos que presentan Retardo Mental Grave, portadores de patologías como TGD, encefalopatías, parálisis cerebral, patologías psiquiátricas crónicas y estabilizadas, con trastornos motrices diversos, sensoriales, otras afectaciones neurológicas como epilepsia, enfermedades metabólicas crónicas, considerándose como Nivel de dependencia: Totalmente Dependiente.

El primer llamado se realiza en 2015 para la gestión de 5 proyectos en los Renglones A,B,C . Se presentan 2 organizaciones, se expide el Tribunal por ACTA del 14 de Diciembre de 2015 se informa que luego de aplicada la pauta de criterio valorativo incluida en las bases, los puntajes asignados son los siguientes : 48 EDIREN para Renglón C siendo el puntaje mínimo de 40 .La otra OSC que se presentó quedó por debajo del mínimo, a saber, Asociación P.E.A.D.I.NE.S. (Programa de Ex Alumnos de Iname de Salto) : 22 puntos, proyecto que fue evaluado a pesar de no cumplir con un requisito excluyente. Por Resolución N° 1221 del 8 de abril de 2016 se dispone la realización de un Nuevo Llamado para cubrir los Renglones A y B. con 4 proyectos, 2 proyectos de 40 cupos cada uno de ellos para Renglón A y dos proyectos para Renglón B. En el mes de agos j de 2016 finalizó el segundo llamado, en el cual el Tribunal integrado por funcionarios de INAU y de PRONADIS, sugiere la adjudicación de 2 Proyectos con capacidad de 40 atendidos en el Renglón A.

Se presentaron las siguientes OSCs: CATE , proyecto que se excluyó por no presentar la documentación según las condiciones de las bases, la propuesta igualmente se valoró asignándole un puntaje de 32/66 siendo el mínimo 40 . ESPECIALIZADA DE AYUDA PERSONAL documentación incompleta, se valoró en 31/66, PEADINES 33/66, ARCOIRIS PAYSANDU presentaron documentación solicitada en plazos establecidos punteo 50/66 y DIES 50/66. Quedando en condiciones de adjudicación estas dos últimas para el renglón A.

Habiendo quedando desierta la presentación de propuestas para los dos proyectos del Renglón B, se procedió a la adjudicación directa a una OSC en Salto (Asociación pro Bienestar para Discapacitados) en base a lo establecido en el art. 14 del Reglamento General de Convenios.

Los llamados públicos procuraron facilitar la mayor apertura a la presentación de ofertas, por lo que no se incluyo la localización de la gestión de los proyectos con preferencia geográfica.

Los llamados se difundieron con alcance nacional, por tanto podrían localizarse en cualquier lugar del territorio, no contando con el requisito de tener planta física. Por lo que cada organización contaba con la prerrogativa de reclutar y conformar su equipo sujeto a características y conformación expresada en las condiciones del mismo. Respecto a la planta física, una vez adjudicada, la organización debía procurarse un establecimiento que cumpliera con los requerimientos de las autoridades competentes (MIDES, MSP).

Las organizaciones sociales adjudicatarias fueron: Diez (Shangrila), EDIREN (Montevideo), ARCOIRIS (Paysandú) y Centro pro Bienestar al Discapacitado (Salto). Para la adjudicación de a las mismas se tuvo en consideración que en los proyectos de atención presentados, se establecía el cambio de paradigma de atención basado en los derechos humanos, la autonomía, la relación con las familias y la inclusión social de la población atendida.

El pasado 22 de enero de 2018 se realizaron los traslados de la-población atendía en Aldeas de la Bondad Paysandú desde la Aldea hacia al Proyecto atendido por la OSC Arcoiris en la ciudad de Paysandú. Los traslados fueron realizados sogún lo estipulado sin dificultades. El Proyecto Arcoiris Paysandú se instaló en el inmueble de INAU en el cual funcionaba el Club de Niños “Luciérnaga”, ubicado en la calle Bicudo esquina Argento. El mismo se eligió por ser un predio de zona semiurbana donde las personas atendidas cuentan con un espacio verde adecuado para por desarrollarse. El traslado incluyó algunas mascotas de las personas atendidas. Por otra parte la planta física cumple con los requerimientos establecidos por las autoridades competentes.

En relación a los requisitos sanitarios y técnicos necesarios para el traslado de las personas a un nuevo centro, se realizaron las consultas y coordinaciones con los actores Institucionales correspondientes (ASSE y MSP) especializados y portadores de la capacidad y formación para dar cuenta de los requisitos y procesos correspondientes. Asimismo los traslados se llevaron a cabo en conjunto con el personal técnico de los prestadores de salud.

En este sentido, la decisión es consultada y se realizaron todos los procesos de forma coordinada con las Instituciones Nacionales (MSP, ASSE, MIDES) y Departamentales (IDS, Hospital de Salto).

Asimismo se coordinó de forma permanente con la Fundación IMCOS, que tuvo conocimiento y fue partícipe de todas las actuaciones y etapas del traslado desde que se empezó a planificar en enero de 2015 (aspecto documentado en actas de reuniones).

Situación de los locales en el Departamento de Paysandú

El proyecto de la OSC “Alas Multicolores ARCOIRIS”, propone una metodología de trabajo que cambia el modelo de las Aldeas de forma de favorecer la inclusión social, los procesos de resocialización familiar y el trabajo que en el cotidiano que mejore su calidad de vida.

Luego de la adjudicación, la OSC Alas Multicolores negoció con Fundación IMCOS el alquiler del local de Pueblo Porvenir (Sede del Proyecto Aldeas de la Bondad en Paysandú), al cual era necesario realizarle varias reformas para acondicionarlo y mejorar sus condiciones arquitectónicas de habitabilidad. Pero la organización finalmente desiste de dicho negocio por el elevado precio del alquiler ofrecido por IMCOS ($180.000 en el primer año incrementándose en el segundo y llegando a $ 300.000 en el tercer año) que hacían inviable el proyecto.

A partir de resultar inviables las negociaciones comienza la búsqueda de casas que permitieran el funcionamiento adecuado y con condiciones de infraestructura que permitieran el desarrollo del proyecto. Se realizaron los mayores esfuerzos y luego de agotar todas las alternativas de búsqueda inmobiliaria la OSC plantea la necesidad de búsqueda de otras alternativas en otros departamentos.

Ante la dificultad de encontrar locaciones adecuadas y en conocimiento de esta situación el Directorio de INAU, en coordinación con la Dirección Departamental y con el Programa de Intervenciones Especializadas, decide analizar la posibilidad de asignar el local de Club de Niños Luciérnaga dado que este inmueble originariamente había sido un Hogar rural de 24 hs y contaba con las instalaciones pensadas a tales fines cuando fue construido.

La casa situada en calle Bicudo y Argento rodeada de 3 hectáreas de terreno de propiedad de INAU, donde funcionaba el Club de Niños Luciérnagas es un local de construcción sólida, con una estructura excesiva y no particularmente adecuada para el funcionamiento de las actividades de los niños y niñas del proyecto.

Esta propuesta surge a partir del trabajo realizado desde la Sub Dirección General de Administración y el Departamento de Arquitectura junto a la Dirección Nacional Programática y de Gestión Territorial, que a partir de la readecuación institucional, trabaja en un Plan de Obras de largo alcance, con el que se busca que la infraestructura de los servicios sea acorde a las necesidades de la población que se atiende.

Además del análisis realizado por los equipos de INAU, se atendieron las diferentes recomendaciones realizadas por la Institución Nacional de Derechos Humanos a través de la Defensoría del Pueblo y el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, referente a la necesidad de mejora en las condiciones de los locales dondo se gestionan los proyectos de atención a niñas, niños y adolescentes. Definiendo en este sentido algunos criterios de prioridad, privilegiando centros de protección integral de 24 horas (centros en los que reside la población atendida) por sobre los proyectos de atención en tiempo parcial y otras oficinas.

Del análisis de la infraestructura y de las necesidades de la población se visualiza un entorno sumamente adecuado para la locación del Proyecto Alas Multicolores ya que es una casa en medio de la ciudad con una apariencia de entorno rural, con posibilidades de realizar un proyecto de obra para mejorarlo y adaptarlo para la reutilización por el proyecto de atención 24 horas en perfil discapacidad y así se le trasmite a las autoridades del Directorio de INAU.

Su ubicación dentro de la ciudad de Paysandú con suficiente terreno circundante lo asemeja a la chacra, posibilita mantener el encuadre al que la población está acostumbrada a vivir y habilita la integración comunitaria requerida.

Anteriormente allí funcionan los proyectos Club de Niños LUCIERNAGA para la atención de niños escolares de gestión oficial que atiende 35 niños de 4 a 12 años en dos turnos y el proyecto de PROMESEM que atiende 25 adolescentes, según datos SIPI al 26 de junio 2017, funcionando según necesidades de transitorio previo a las audiencias con un dormitorio a estos fines.

Ambos proyectos son relevantes y prioritarios para INAU y por tanto para generar el proceso de cambio se requiere encontrar instalaciones adecuadas y que aseguren la continuidad de los mismos.

Por tal motivo se generan los procesos que agilicen estas gestiones de manera de poder responder adecuadamente a las necesidades de los niños/as y adolescentes involucrados. Llegando a un acuerdo con la OSC por el cual a cambio del local de la Calle Bicudo y transitoriamente, la misma alquilaría locales adecuados para la instalación del Club de Niños.

Por otra parte se resuelve mudar la Dirección Departamental cediendo parte del local a Promesem con las comodidades necesaria para su funcionamiento y se amplían los espacios utilizados por el CAPI beneficiándose a los niños allí atendidos.

  1. Ubicación del nuevo local, dimensiones y comodidades del mismo, detallando si se ajusta, etc.

Ante la necesidad de utilizar el local donde hoy funciona el Club de Niños "Luciérnaga” la Dirección del Programa Infancia informa que desde el punto de vista programático la locación de Bicudo y Argento es de grandes dimensiones para la atención parcial de 40 niños/as, presentando complejidades para calefaccionar y sería conveniente contar con salones más pequeños para realizar una atención más personalizada.

Luego de una búsqueda exhaustiva por la capital fue que se encontró una casa en calle Montevideo esquina China María en la ciudad de Paysandú, acorde a las necesidades de los niños/as (40), la misma posee 4 salones amplios para poder realizar tareas socio educativas con los mismos.

Los salones tienen grandes placares para guardar insumos, un living comedor amplio, con una pequeña comunicación con la cocina que linda con el parrillero.

Posee 2 baños completos y amplios, ambos con ducheros.

La casa está ubicada en un terreno de esquina con espacios exteriores que la circundan y un amplio fondo con espacios verdes cerrados. Posee en las aberturas rejas para seguridad. La casa cuenta con saneamiento.

Desde el Programa Infancia se considera el local adecuado para un Club de Niños, se concurrió al mismo con la Directora Departamental, la Directora del Club de Niños y la Coordinadora las cuales plantearon su conformidad con el mismo y la posibilidad que los niños/as puedan concurrir e incluso niños de la zona ya que no hay otros recursos cercanos.

Posee contrato de internet y de alarma con respuesta rápida.

A 1 cuadra y media hay una plaza que puede servir para esparcimiento y juegos.

  1. A quien y bajo qué régimen se asignará la utilización del local Bicudo

A la OSC Arcoíris Paysandú en régimen de Comodato de uso. Se adjunta copia de Comodato.

  1. Cuál será el destino que se dará al local

Como viene de informarse, el destino será la locación del Proyecto Alas Multicolores, en perfil discapacidad en modalidad tiempo completo para la atención de 43 jóvenes y adultos provenientes del Aldeas de la Bondad Pueblo Porvenir.

6 y 7) Respecto al cambio si se ponderaron posibles impactos a nivel socio educativo y Si se ha analizado como incidirá el cambio previsto en la concurrencia de los NN.

Luego de haber agotado la búsqueda de inmuebles en la zona cercana donde funcionaba el Club de Niños, se logró encontrar uno lo más cercano posible, que reúne las necesidades para su funcionamiento. Todo cambio genera interrogantes e incertidumbres, pero en reunión de padres, se dialogó sobre el motivo dol traslado, y que hasta tanto se adapten, concurrirían algunos niños/as acompañados por sus padres y/o responsables en medios propios, otros en un ómnibus de recorrido local, acompañados por la Sra Directora. Se fijó un horario y lugar de encuentro.

Se entablaron relaciones en el nuevo barrio, hay un club deportivo enfrente, una Iglesia que cuenta con gran espacio verde, realizando acuerdos para compartir actividades, por ejemplo juegos, prácticas deportivas, etc.

  1. Instancias para recabar la opinión de funcionarios, docentes.

En todo momento se mantuvo diálogo con la Directora del Club, reunión de funcionarios (en 2 oportunidades, trasmitiendo el cambio), desde Autoridades de Montevideo y Dirección. Departamental.

  1. Si se ha informado debidamente a los padres.

La Dirección del Club dialoga en forma permanente con los Padres y además junto a la Dirección Departamental, se mantuvo un encuentro con los mismos para brindar información y escuchar sus inquietudes.

  1. Si el cambio dispuesto genera costos al Instituto.

Los costos de las reformas del local de Bicudo se financiarán con la transferencia mensual a la OSC en el marco de la vigencia del convenio.

  1. Maestros Comunitarios comunicación a ANEP.

No corresponde que el INAU comunique formalmente a ANEP sobre las decisiones que toma respecto a los locales dado que es competencia del organismo. Lo que corresponde es la coordinación y articulación con las Escuelas de referencia de los niños/as y con los/las maestros/as comunitarias para asegurar la continuidad de la trayectoria educativa de los niños/as y la articulación de las líneas de trabajo que se llevan en los Clubes de Niños/as. La complementariedad entre el Club de Niños y las dependencias de ANEP forma parte de las competencias del maestro referente.

 

ACUERDO: En la ciudad de Montevideo, el ó de febrero de 2017, ENTRE, POR UNA PARTE: La IJe. Marisa Lindncr Yaquinta, en su calidad de Presidenta del Directorio y por tanto en nombre y representación del INSTITUTO DEL NIÑO Y ADOLESCENTE DEL URUGUAY, persona jurídica con domicilio en la calle Piedras N° 482 de esta Ciudad y el Director del citado Instituto Mag. femando Rodríguez Herrera; POR OTRA PARTE: Héctor Manuel Catnesellc Toscanini, titular de la cédula de identidad N° 2.812.365-6, en calidad de Apoderado, por tanto en nombre y representación de la Asociación Civil “ARCO IRIS PAYSANDU». persona jurídica con sede en el Departamento de Paysandú y domicilio en la calle Lucas Piriz N° 1348, de la ciudad de Paysandú; ACUERDAN CELEBRAR EL SIGUIENTE ACUERDO: PRIMERO: Antecedentes: I) El INAU tiene como cometidos, regir las políticas sociales que, en el ámbito nacional se orientan a la protección de la familia, de los niños, niñas y adolescentes, 11) El INAU es propietario del inmueble sito en la ciudad de Paysandú, Departamento Paysandú, empadronado con el número 6393, cuya superficie es de 29.515 metros cuadrados. III) Con fecha 12 de octubre de 2016 el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay celebró un convenio mixto de subvención, suministros y/o reintegros — pago por proyecto, con la Asociación Civil “Arco Iris Paysandú” para la gestión de un Centro de Tiempo Completo, Perfil Discapacidad, en cumplimiento de las Resoluciones del Directorio NI° 3444/16, N° 3594/16 y 3621/16 de fechas 26 de setiembre, 5 de octubre y 11 de octubre de 2016, respectivamente, del cual surge la obligación de la Asociación Civil de contar con local adecuado para la estadía de los internados; SEGUNDO: Objeto. El presente acuerdo tiene por objeto la solución locativa del proyecto Centro de Tiempo Completo “Alas Multicolores” que gestiona la Asociación Civil “Arco Iris Paysandú”. TERCERO: Obligaciones de las partes: I) El INAU se obliga a ceder en comodato el inmueble de su propiedad padrón N° 6393 de la ciudad de Paysandú a favor de la Asociación Civil “Arco Iris Paysandú” con destino a la gestión del Proyecto Centro “Alas Multicolores”. II) La Asociación Civil “Arco Iris Paysandú” se obliga: a) a Arrendar dos inmuebles en la ciudad de Paysandú aptos para la instalación de la oficina de la Dirección Departamental de INAU de Paysandú y el Club de Niños “Luciérnaga” gestionado por INAU, b) ceder en comodato dichos locales al INAU para el funcionamiento de la Dirección Departamental de INAU de Paysandú y el Club de Niños “Luciérnaga” CUARTO: Los contratos de arrendamientos que se obliga a celebrar la Asociación Civil, para el funcionamiento de la Dirección Departamental de INAU de Paysandú y el Club de Niños “Luciérnaga”, deberán establecer expresamente la facultad del arrendatario de ceder en comodato la utilización de los inmuebles arrendados a favor del INAU. QUINTO: Dichos contratos de arrendamientos deberán celebrarse dentro del plazo de 30 días a contar de hoy. SEXTO: Mora: La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acción judicial o extrajudicial alguna, por el solo vencimiento de los plazos pactados, o por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado. SEPTIMO: Los domicilios indicados por las partes en la comparecencia lo son a todos los efectos judiciales y extrajudiciales a que pueda dar lugar la ejecución del presente acuerdo. OCTAVO: Ivas partes estipulan la validez del telegrama colacionado para toda comunicación a que diere lugar el presente. NOVENO: Este acuerdo se otorga en cumplimiento de la Resolución del Directorio del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay 445/17 de fecha 2 de febrero de 2017. Para constancia de lo actuado, las partes otorgan v suscriben dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados.

 

MARISA LINDNER

PRESIDENTA

I. N. A. U.

 

COMODATO - En la ciudad de Montevideo, el día 14 de noviembre de 2017, entre, POR UNA PARTE: La Lie. Marisa Lindner Yaquinta, en su calidad de Presidenta del Directorio y el Director Mag. Fernando Rodríguez Herrera, por tanto en nombre y representación del INSTITUTO DEL NIÑO Y ADOLESCENTE DEL URUGUAY, Persona Jurídica Pública, con domicilio en

la calle Piedras número 482 de la Ciudad de Montevideo; y POR OTRA PARTE: Héctor Manuel Cameselle Toscanini, titular de la cédula de identidad N° 2.812.365-6, en calidad de Apoderado, por tanto en nombre y representación de la Asociación Civil “ARCO IRIS PAYSANDÚ”, persona

jurídica con sede en el Departamento de Paysandú y domicilio en la calle Lucas

Piriz N° 1348 de la Ciudad de Paysandú; quienes convienen en celebrar el siguiente Comodato: PRIMERO. (Antecedentes): Con fecha 12 de octubre de 2016 se celebró entre las citadas partes un convenio mixto de subvención, suministros y/o reintegros - Pago por Proyecto Ley 18.719, Artículo 709 - para

la gestión de un Centro de Tiempo Completo, Perfil Discapacidad, en régimen de Atención Integral de Tiempo Completo, en cumplimiento de las Resoluciones del Directorio del INAU N° 3444/16, N° 3594/16 y 3621/16 de fechas 26 de setiembre, y 5 y 11 de octubre de 2016, respectivamente.

SEGUNDO. (Objeto): El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay da en comodato a la Asociación Civil “Arco Iris Paysandú”, quien en tal concepto recibe de conformidad, el siguiente bien: solar con las construcciones y demás mejoras que le acceden ubicado en zona urbana del Departamento de Paysandú, Localidad Catastral del mismo nombre, empadronado con el

número SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES (6393), con un área de 29515 metros y frente a la calle Felipe Argentó esquina Bicudo. TERCERO
(Plazo)
: El plazo del presente contrato será por el término de 1 año a contar del día de hoy, renovable automáticamente por períodos ¡guales, debiendo la comodataria al vencimiento del plazo, entregar el bien en las condiciones en que lo recibió, tal cual surge del inventario que se suscribirá dentro del plazo de 30 días. El plazo establecido y sus posibles prórrogas queda sujeto a la vigencia del convenio de subvención relacionado en la cláusula Primera del presente contrato. CUARTO (Destino): La comodataria utilizará el bien exclusivamente con destino al funcionamiento del Proyecto “Alas Multicolores" sirviéndose de las instalaciones, servicios, accesorios y demás que se encuentren en los mismos, cuidándola como un buen padre de familia. QUINTO (Obligaciones): Sin perjuicio de las obligaciones que la ley le impone, la comodataria se obliga a partir de este otorgamiento a: a) usar el bien de acuerdo al destino convenido en la cláusula anterior; b) pagar los consumos de teléfono e internet y los que se instalaren en el bien en el futuro; c) realizar las reparaciones necesarias para conservarlo y mantener sus servicios en funcionamiento, a efectos de restituirlo en buenas condiciones; d) presentar al Instituto, toda vez que éste lo solicite a través de cualquiera de sus Servicios, la documentación que acredite el pago de los rubros referidos en los numerales b y c precedentes; e ) permitir la inspección por parte del Instituto en cualquier momento a efectos de comprobar el estado de conservación del bien, así como el destino y la situación ocupacional del mismo. SEXTO (Prohibiciones): La comodataria no podrá ceder el uso o goce del bien objeto de este comodato a ningún título. Tampoco podrá realizar obras, reformas o modificaciones en los mismos, que no estén autorizadas en forma previa y por escrito por el INAU. En caso de realizar construcciones, reformas, ampliaciones o modificaciones en el
inmueble objeto del presente, deberán cumplir con la normativa vigente tanto nacional como municipal, debiendo inscribir las obras en las Oficinas de BPS, DGI y demás que correspondan, siendo de su exclusiva cuenta y cargo todos los gastos, impuestos y aportes que se hubieren generado por las citadas obras y/o mejoras. No obstante, las obras que se realicen sin autorización darán derecho al comodante a reclamar la indemnización de los daños y perjuicios que la obra realizada le irrogará, así como exigir la restitución de estos a su estado original. Todas las mejoras incorporadas al bien objeto de este comodato, quedará siempre a beneficio de la propiedad sin derecho a reclamación de especie alguna.
SEPTIMO (Exoneración de Responsabilidad): En ningún caso el INAU se obliga a realizar mejoras ni abonar las expensas ordinarias o extraordinarias para la conservación de la cosa. Tampoco responderá por los daños ocasionados a la comodataria o a terceros, originados en los vicios ocultos de la cosa o sus servicios. OCTAVO: Las costas y costos de la tramitación judicial o extrajudicial a que diere lugar la desocupación del inmueble serán de cargo de la parte comodataria. NOVENO: Se pacta la solidaridad activa y pasiva y la indivisibilidad de las obligaciones emergentes del presente contrato. DECIMO (Mora): La mora se producirá de pleno derecho por el sólo incumplimiento de los términos estipulados en este contrato. DECIMO PRIMERO (Comunicaciones): Las partes estipulan la validez del telegrama colacionado para toda comunicación a que diere lugar el presente. DECIMO SEGUNDO (Domicilios especiales): Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este contrato, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia. DECIMO TERCERO: Restitución del objeto del comodato: Cualquier contravención a
lo estipulado en este contrato por parte de la comodataria, dará lugar a que el comodante pueda solicitar la restitución. del bien de inmediato. DECIMO
CUARTO: Disposiciones especiales: Este contrato se regirá en todo lo no previsto en este instrumento y en cuanto fuere aplicable por el Titulo XII Capítulo II del Código Civil (artículos 2216 y siguientes). El presente se otorga en cumplimiento de la Resolución del Directorio del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay N° 1920/17 de fecha 9 de junio de 2017. Para constancia de lo actuado, las partes otorgan y suscriben dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

 

Fernando Rodríguez
director

INAU

 

 

Marisa Undner

Presidenta

INAU

 

 

 

Montevideo, 27 de abril de 2018

 

DIRECTORIO

Oficio N° 14178/2018

Sra. Ministra

Mtra. Marina Arismendi

Ministerio de Desarrollo Social,

De nuestra mayor consideración: Nos dirigimos a Usted a fin de poner en su conocimiento y hacer llegar por su intermedio al Parlamento Nacional, la respuesta al pedido de informes presentado por el Sr. Representante Nicolás Olivera mediante expediente N° 3242-17 de esa Secretaría de Estado.

A tales efectos remitimos adjunto la información solicitada y elaborada por las Oficinas competentes de INAU en esa temática.

Sin otro particular, hacemos propicia la oportunidad para hacer llegar a Usted las expresiones de nuestra más alta consideración,

 


 

FERNANDO RODRÍGUEZ DIRECTOR

I.N.A.U.

 

 

 

 

Oficio N° 2018-27-1-0014178

INAU

EXPEDIENTE N° 2018-27-1-0014178

Oficina Actuante:     Presidencia

Fecha:                       04/05/2018 14:51:25

Tipo:                         Providencia

 

Se deja constancia que se adjunta copia de los originales que serán remitidos al Ministerio de Desarrollo Social y que las personas firmantes son funcionarios habilitados para ello con firma electrónica avanzada, y que los presentes documentos cuentan con 20 folios, incluyendo el presente.

Se remite al MIDES respuesta a pedido de informes de la Legislador Nicolás Olivera Referente al Club de Niños Luciérnaga de Paysandú.

|    ____________________ ____________ Archivos Adjuntos_______________

|#[       ____________________ Nombre________________________________ Convertido a PDF

|1|       2018-27-1-0014178-Ofício N 14178-18 Resp Legis Olivera - Lucicrnaga.pdf ;                   Sí

LA FORMA DOCUMENTAL SE PASO AL ORGANISMO: Ministerio de Desarrollo Social

Firmante:

Jessica Garay

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