Apicultura

SALAS DE EXTRACCIÓN ampliación de espacios para almacenamiento de tanques de miel

No Vigente

Encontrar soluciones que permitan disponer de los espacios adecuados para depositar tanques de miel en el predio de las salas de extracción que cumplan con la reglamentación establecida en el decreto 29/006 y demás normas complementarias y modificativas.

Instituciones convocantes

  • Dirección General de la Granja (DIGEGRA)

Descripción

CONVOCATORIA | PLAN DE APOYO

SALAS DE EXTRACCIÓN
ampliación de espacios para almacenamiento de tanques de miel

 

1. INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN

Esta convocatoria surge en el marco de la búsqueda de soluciones que permita disponer de mejoras en las condiciones de almacenamiento para depositar tanques de miel tanto llenos como vacíos bajo la protección adecuada. De esta manera se preserva la estructura del tanque y por consiguiente la inocuidad de la miel, manteniendo los altos estándares y calidad de la miel uruguaya.

En este sentido, innovar y avanzar en estructuras que garanticen la adecuada conservación de este alimento en las salas de extracción de miel operativas y debidamente registradas, configuran un factor fundamental para la proyección de la producción apícola en Uruguay.

 

2. OBJETIVOS

2.1Objetivo General

Encontrar soluciones que permitan disponer de los espacios adecuados para depositar tanques de miel en el predio de las salas de extracción que cumplan con la reglamentación establecida en el decreto 29/006 y demás normas complementarias y modificativas.

2.2 Objetivos Específicos

2.2.1 Brindar apoyo a la instalación de contenedores reefer o estructuras de fácil montaje que cumplan con la reglamentación para el depósito de tanques y que permitan disponer de los espacios adecuados para depositar tanques de miel en el predio de las salas de extracción de miel.

2.2.2 Preservar la estructura de los tanques y la inocuidad de la miel uruguaya.

 

3. BASES

3.1 Requisitos

Serán beneficiarias: Las personas físicas o jurídicas inscriptas en el registro de salas de extracción de miel, que hayan estado operativas en las últimas 3 zafras y justifiquen técnicamente esta inversión.

Las propuestas presentadas serán concursables y se evaluarán por parte de un equipo técnico idóneo que asignará un puntaje al plan, definiendo su aprobación o no.

3.2 De las salas de extracción de miel

3.2.1 Se presentarán para la propuesta personas físicas o jurídicas que cuenten con al menos una sala de extracción de miel habilitada o en trámite de rehabilitación. En caso de tratarse de personas jurídicas; se deberá presentar certificado notarial que acredite la personería jurídica, su vigencia y la representación legal de la misma.

3.2.2 Estar registrada ante el Registro de Salas de Extracción de Miel y haber estado operativa en las últimas 3 zafras (Quedan exceptuadas las salas de extracción que se hayan inscripto el sistema por 1era vez después del año 2021).

3.2.3 Haber extraído miel a un mínimo de 3 apicultores en cada una de las ultimas 3 zafras.

3.2.4 Haber extraído una cantidad de tanques que justifique la inversión propuesta.

3.2.5 No registrar deudas pendientes ante el MGAP-DIGEGRA.

3.2.6 Presentar factura proforma y memoria descriptiva de la inversión a realizar. En ella debe constar: datos de la empresa a quien se le compra y/o realiza la estructura, dimensiones de la estructura que se instalara (largo, ancho, altura y superficie total), características técnicas, garantía y servicio post venta del proveedor si lo tiene.

3.2.7 Presentarse ante una organización (Patrocinante) que nuclee los productores, perciba y gestione los fondos del apoyo financiero.

3.3 Organización patrocinante

Podrán serlo, las sociedades de fomento rural, cooperativas, sociedades civiles y/o de hecho, sociedades comerciales, que asuman la responsabilidad de presentar la propuesta, así como los aspectos administrativos y de gestión: presentación de documentación, rendiciones contables y todo aquello que se especifique en esta convocatoria y/o sea oportunamente solicitado por MGAP/DIGEGRA y cumplan con los siguientes requisitos:

  • Certificado notarial que acredite la personería jurídica y quienes son los representantes legales. El certificado notarial no podrá tener una antigüedad mayor a 30 días corridos, a contar de la fecha de su expedición debiendo ser necesariamente ampliado a la fecha de suscripción del respectivo Convenio.
  • En caso de que actúen por mandato, el documento notarial deberá relacionar lugar y fecha de otorgamiento del poder y su vigencia.
  • DGI y BPS al día.
  • No mantener deudas pendientes por cualquier concepto con DIGEGRA-MGAP, al momento del dictado de la Resolución Ministerial que autoriza el apoyo financiero.
  • La Organización patrocinante deberá completar el formulario de presentación a la convocatoria con las firmas autógrafas de los representantes legales y la Planilla Excel (Anexo I) con la información de todos los titulares participantes.
  • Presentar formulario detallando el número de cuenta bancaria donde deberá realizarse el desembolso de los fondos, suscrito por el/los representantes/s legales.
  • No podrán actuar como patrocinantes aquellas empresas proveedoras de estructuras del tipo que se está promoviendo y apoyando a través de esta convocatoria.

 

4. APOYOS

4.1 A las Salas de Extracción de miel:

4.1.1  FINANCIAMIENTO A LA PROPUESTA

Se brindará apoyo para la compra e instalación de un contenedor reefer o estructuras de fácil montaje que cumplan con la reglamentación establecida en el decreto 29/006 y demás normas complementarias y modificativas.

Estas estructuras deberán permitir disponer de los espacios adecuados para depositar los tanques de miel en el predio de las salas de extracción de miel. Entre los gastos elegibles, se podrá financiar un equipo de refrigeración para la estructura solicitada y un montacarga, malacate o polipasto, con la debida justificación de la inversión.

El monto no reembolsable máximo al que podrá acceder cada sala es de $ 400.000 (cuatrocientos mil pesos uruguayos) por todo concepto. El porcentaje de subsidio será del 80% de la inversión aprobada, siendo contraparte de los beneficiarios el 20% restante.

Para las salas de extracción de miel con certificación vigente con procesos HACCP y/o Producción Orgánica, recibirán un apoyo adicional del 20% como distinción al esfuerzo diferencial en la producción, el monto de financiación no rembolsable máximo podrá ser de hasta $480.000 (cuatrocientos ochenta mil pesos uruguayos) por todo concepto. Manteniendo el subsidio del 80% de la inversión aprobada, siendo contraparte de los beneficiarios el 20% restante.

El financiamiento de los fondos no retornables se hará en pesos uruguayos.

4.1.2 RETORNABLES

Para el financiamiento de inversiones que no cumplan o superen el apoyo del monto no retornable se dispondrá de la siguiente herramienta financiera:

 - Línea de crédito del Fideicomiso - Convenio MGAP-BROU en el marco del contrato de Fideicomiso de Garantía del Fondo Nacional de Garantía para la Granja.

4.2  A las organizaciones patrocinantes:

Deberán presentar un proyecto individual o colectivo a través del formulario establecido por DIGEGRA, incluyendo los requisitos solicitados y la información que los beneficiarios consideren pertinente aportar para una mejor comprensión de la propuesta planteada (fotos, cotizaciones de inversiones, diseños y memorias descriptivas de las obras a realizar, fichas descriptivas etc.)

Gastos de Administración: el apoyo consistirá en fondos no retornables por concepto de gastos de informe de rendición de cuentas (IRC), administración y/o funcionamiento que incurra la organización. En este sentido se apoyará con un monto mínimo de $30.000 a cada propuesta y a dicho monto se le adicionará $2.000 por sala que efectivamente participe y supere la cantidad mínima de 3 ($2.000 adicionales a partir de la sala Nº4).

 

5. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

5.1 Los titulares de las salas de extracción

Presentarse ante la organización patrocinante con la siguiente documentación:

  • Información para completar el formulario de presentación (versión digital y versión impresa firmada).

  • Fotocopia de Cedula de Identidad vigente

  • En caso de tratarse de personas jurídicas; se deberá presentar certificado notarial que acredite la personería jurídica, su vigencia y la representación legal de la misma.

  • Factura proforma y memoria descriptiva de la inversión a realizar. En ella debe constar: datos de la empresa a quien se le compra y/o realiza la estructura, dimensiones de la estructura que se instalará (largo, ancho, altura y superficie total), características técnicas, garantía y servicio post venta del proveedor si lo tiene.

  • En caso de ser necesario presentar una memoria descriptiva de la proyección de la sala que justifique la propuesta presentada.

5.2 Las Organizaciones que decidan actuar en calidad de PATROCINANTE deberán presentar:

  • Formulario único de propuesta incluyendo toda la información de la organización y las salas solicitantes.
  • Certificado notarial que acredite la personería jurídica y quienes son los representantes legales. El certificado notarial no podrá tener una antigüedad mayor a 30 días corridos, a contar de la fecha de su expedición debiendo ser necesariamente ampliado a la fecha de suscripción del respectivo Convenio.
  • En caso de que actúen por mandato, el documento notarial deberá relacionar lugar y fecha de otorgamiento del poder y su vigencia.
  • Se podrá solicitar a la organización patrocinante cualquier otra documentación que el MGAP requiera, tanto de la misma organización, como de las salas solicitantes

 

6. DESEMBOLSOS

6.1 Primer desembolso, luego de la firma del convenio de acuerdo al siguiente detalle:

  • 60% por concepto de gastos de inversión de cada sala participante de la propuesta.
  • 60% por concepto de gastos administrativos.

6.2 Segundo desembolso: al momento de verificarse que efectivamente se dio cumplimiento a las actividades propuestas

  • 40% del saldo por concepto de gastos de inversiones.
  • 40% restante del saldo por concepto de gastos administrativos

Para efectivizar este segundo desembolso, la organización patrocinante deberá presentar previamente rendición parcial de los fondos recibidos en el primer desembolso.

Como cierre se debe presentar rendición final incluyendo la facturación de las inversiones realizadas y gastos administrativos. La organización patrocinante debe presentar Informe de Rendición Cuentas, por los fondos recibidos con facturas de las inversiones realizadas por las salas y gastos de IRC, administración, funcionamiento y/o inversiones que incurra la organización.

Moneda: los desembolsos se harán en pesos uruguayos. Los mencionados apoyos serán financiados por el Fondo de Fomento de la Granja, MGAP-DIGEGRA.

El plazo máximo de ejecución y cierre de las propuestas será de 8 meses corridos a partir del primer desembolso realizado por la DIGEGRA.

 

7. PRESENTACION Y EVALUACION DE LAS PROPUESTAS 

7.1 Las Organizaciones que decidan actuar en calidad de PATROCINANTE deberán enviar el formulario de presentación firmado (en versión impresa), junto con toda la información y documentación solicitada a DIGEGRA (Sede central – Departamento de trazabilidad Apícola o a través de alguna de nuestras agencias zonales, a su vez deberá ser enviada en formato digital, al mail: direcciondelagranja@mgap.gub.uy.

El plazo para entregar este formulario en el Departamento de Trazabilidad Apícola de la DIGEGRA o nuestras Agencias Zonales, que figuran en el listado, finalizará el día Lunes 15 de noviembre de 2024 a las 15:30 horas.

  • La aprobación o negativa a la solicitud se notificará a la organización patrocinante.
  • Una vez autorizado el desembolso de fondos mediante la correspondiente Resolución Ministerial, se procederá a redactar el Convenio donde se establecerán las obligaciones de cada parte.
  • Los pagos se realizarán en forma directa a la cuenta bancaria de la organización patrocinante ejecutora.
  • El formulario para la presentación a esta convocatoria está disponible en la web de DIGEGRA.

 

8. EJECUCIÓN Y  SEGUIMIENTO

Las propuestas aprobadas, así como la utilización de los fondos otorgados, estarán sujetas a la realización de auditorías por parte de los funcionarios de DIGEGRA.

Esta Dirección tendrá autoridad para realizar tareas de seguimiento y solicitar la información que estime pertinente durante el período de ejecución de la propuesta hasta su finalización a efectos del cumplimiento de lo establecido en los puntos anteriores.

 

9. INFORMACIÓN DE CONTACTO Y CONSULTAS

Por consultas, pueden dirigirse por correo electrónico a: apiculturadigegra@mgap.gub.uy o en las oficinas zonales de todo el territorio nacional: https://www.gub.uy/mgap/granja

AGENCIAS

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Salto

Gral. J.G.Artigas 992

47332378

digegrasalto@mgap.gub.uy

División Gestión de

Planes y Proyectos

Avda. Garzón 456

23064280

mbuschiazzo@mgap.gub.uy emoreno@mgap.gub.uy

Departamento de Trazabilidad Apícola

apiculturadigegra@mgap.gub.uy

 

Período

Fecha de inicio: 25/09/2024

Fecha final: 15/11/2024

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