MGAP aprueba nueva Guía de Buenas Prácticas para Establecimientos Avícolas

La Guía establece un estándar de referencia para la bioseguridad, el bienestar animal, el manejo sanitario, la limpieza y desinfección, el control de plagas, la gestión de residuos y los registros productivos y sanitarios. Reúne criterios técnicos y elementos de referencia que orientan a los Veterinarios de Libre Ejercicio (VLE) y a los responsables de establecimientos en la elaboración del Manual de Buenas Prácticas que cada granja debe desarrollar de acuerdo con su sistema productivo.
Principales lineamientos establecidos por la Guía
La GBPEA no es un manual operativo, sino el marco técnico que orienta cuáles son los contenidos mínimos que deben integrar los manuales de cada establecimiento. La Guía reúne requisitos derivados de la normativa vigente y recomendaciones técnicas que fortalecen la gestión sanitaria, abarcando áreas clave como bioseguridad, infraestructura, manejo sanitario, bienestar animal, gestión de mortalidades, control de plagas y trazabilidad.
A continuación, se presentan un cuadro comparativo con los requisitos definidos por la Guía:
Área | Qué establece la Guía |
|---|---|
| Infraestructura | Cercos perimetrales, zonas limpias y sucias diferenciadas, pisos y drenajes sanitarios, ventilación e iluminación adecuadas. |
| Bioseguridad | Control de ingreso de personal y visitantes, vestimenta exclusiva, registros de visitas, control de ingreso de vehículos. |
| Manejo sanitario | Programas sanitarios y de vacunación, planes de monitoreo y diagnóstico. |
| Bienestar animal | Densidades adecuadas, control ambiental (temperatura, ventilación), manejo para evitar estrés térmico. |
| Limpieza y desinfección (POES) | Procedimientos diarios y en vacío sanitario, protocolos para bebederos, comederos, silos y galpones. |
| Mortalidades y residuos | Manejo diario de aves muertas, compostaje, gestión de cama y gallinaza. |
| Control de plagas | Manejo integrado de plagas (roedores, insectos) y aves silvestres; registros . |
| Registros y trazabilidad | Registros productivos y sanitarios obligatorios; integración con sistemas oficiales cuando corresponda. |
| Responsabilidad del VLE | Elaborar o supervisar los manuales, verificar condiciones, firmar la refrendación anual. |
| Control oficial (DSA) | Auditoría, verificación de medidas recepción,análisis y confirmación de las refrendaciones . Aplicación de acciones correctivas cuando corresponda. |
Aplicación y control
La normativa de bioseguridad vigente establece que los Veterinarios de Libre Ejercicio habilitados o acreditados serán responsables de elaborar, supervisar y refrendar anualmente los manuales de cada establecimiento, asegurando que se ajusten a los contenidos técnicos definidos.
Por su parte, la División Sanidad Animal (DSA) de la DGSG será la autoridad encargada de verificar la implementación, constatar el cumplimiento de los manuales derivados de la Guía y tomar medidas correctivas en caso de ser necesario.
Elaboración de la Guía
La Guía fue elaborada por la División Sanidad Animal (DSA) de la DGSG, con el apoyo técnico de la Dirección de Bioseguridad e Inocuidad Alimentaria (DIGEBIA) y especialistas de la Sociedad de Medicina Veterinaria del Uruguay (SMVU) a través de la filial AMEVEA.
Su aprobación consolida un instrumento central para homogeneizar criterios sanitarios en la producción avícola nacional, fortalecer la bioseguridad y mejorar la capacidad de prevención y control de enfermedades.
