Veda por marea roja en Rocha

Estas toxinas pueden representar un riesgo para la salud humana en caso de consumo, por lo cual, y en cumplimiento del artículo 121 del Decreto Nº 115/018, la DINARA ha resuelto prohibir la extracción, comercialización y transporte de moluscos bivalvos (mejillones y berberechos) procedentes del departamento de Rocha, a excepción de las almejas extraídas de la Barra del Chuy, hasta nueva disposición.
Se aclara que esta medida no comprende el consumo de pescados, calamares y camarones.
La resolución adoptada tiene carácter preventivo y se enmarca en las competencias de la DINARA para salvaguardar la salud pública, conforme a lo establecido en la Ley Nº 19.175 y la normativa vigente.
La infracción a la presente resolución será sancionada según lo previsto en el Capítulo X de la Ley Nº 19.175.
DINARA continuará realizando el monitoreo permanente de las zonas costeras y comunicará oportunamente cualquier cambio en la situación.
