Instructivo para la importación de equipos de riego

Guías

Aquí obtiene la información de la documentación a presentar con el objetivo de obtener el certificado para la importación de equipos de riego con fines agropecuarios.

A los efectos de obtener el CERTIFICADO por el cual se establece que los bienes a importar se encuentran dentro de las normas dispuestas por el Decreto Nº 127/90 del Poder Ejecutivo de fecha 23 de febrero de 1990 y los decretos sucesivos que modificaron artículos del mismo, se deberá presentar ante esta Oficina lo siguiente:

 

  1. Factura o Facturas comerciales o proforma de los componentes debidamente numerados.

  2. Informe técnico suscrito por un Ingeniero Agrónomo, con título expedido por instituciones habilitadas por el Ministerio de Educación y Cultura con timbre profesional, que deberá especificar:

    • Que es un equipo de riego completo y será destinado exclusivamente a la producción agropecuaria.

    • La ubicación donde será instalado el equipo (departamento y número de padrón). Asimismo se deberá tener Proyecto de Riego aprobado por DGRN (incluir número de Resolución) o la Solicitud de Derecho de Uso de Agua en trámite (incluir número de expediente).

    • Detalle para cada equipo de todas las unidades componentes y la cantidad a importar, así como la literatura técnica correspondiente a cada ítem. En caso de equipos de riego por pivot central, detallar longitud de máquina (equipos fijos o móviles), pluviometría a máxima velocidad y tiempo en recorrer todo el círculo a dicha velocidad.

  3. Nota de solicitud de amparo en Decreto N°127/90 dirigida al Director de la División Suelos y Aguas.

Toda la documentación se deberá presentar con una copia adjuntando folletos, facturas, informes técnicos, etc., y deberá venir foliada.

 

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