Protección Animal

¿Qué sanciones prevé la Ley en caso de incumplimiento?

Según su gravedad:

  • Apercibimiento.
  • Multa de 1 a 500 unidades reajustables.
  • Confiscación de los animales.
  • Cancelación o suspensión de autorizaciones, permisos o habilitaciones.
  • Prohibición temporal o definitiva de tenencia de animales.

Se consideran agravantes si los hechos se cometen:

  • En forma reiterada.
  • Irritando al animal con instrumentos que le provoquen castigos innecesarios.
  • Utilizando al animal para trabajos sin darle descanso adecuado o para el tiro de vehículos o transporte de carga que excedan notoriamente sus fuerzas.
  • Suministrando drogas sin fines curativos.
  • Encerrando, amarrando o encadenando al animal, causándole sufrimientos innecesarios.
  • Matando animales grávidos, salvo se trate de industrias autorizadas, cuyo objeto sea la explotación del nonato.
  • Mutilando al animal.
  • Sin motivos y con extrema crueldad.
  • Contra animales cautivos o expuestos al público en circos, parques zoológicos, establecimientos comerciales, ferias y puestos de la vía pública o destinados al servicio público.

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