Resolución N° 20/021 DGSA Directivas Generales para la Producción Integrada de Manzano

Apruébanse las Directivas Generales para la Producción Integrada de Manzano para la Zona Sur, que se adjuntan y forman parte de la presente resolución.

VISTO: la propuesta de "Directivas Generales para la Producción Integrada de Manzana” presentada por la Comisión Coordinadora de la Producción Integrada;

RESULTANDO: l) que por Resolución DGSA N° 156 de 07 de noviembre de 2018 fueron aprobadas las Directrices vigentes hasta la fecha, las que constan de normas específicas de manejo para la Producción Integrada respecto del cultivo de Manzano y otros cultivos;

II) que por el presente acto se pretende aprobar las normas de manejo para la Producción Integrada de Manzano para la Zona Sur;

III) que Con fecha 23 de noviembre la Comisión Coordinadora de la Producción Integrada presenta una actualización de dichas normas;

IV) que la propuesta ha sido evaluada expresándose por el presente acto la conformidad con el mismo y sus fundamentos;

CONSIDERANDO: l) los antecedentes legales y reglamentarios que conceden las potestades suficientes a la Dirección General de Servicios Agrícolas, con el objetivo de mejorar el sistema de Producción;

II) conveniente y necesario el apoyo a la producción integrada cuyas finalidades son lograr el aumento de competitividad de la misma, el ofrecimiento de una mejor calidad para el consumidor y el desarrollo de una producción agrícola sustentable;

ATENTO: a las razones expuestas y lo dispuesto por el artículo 3° del Capítulo II del Decreto N° 143/002 de 19 de abril de 2002 sobre Regulación de Producción Integrada de Frutas y Hortalizas;

 

EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS AGRICOLAS

RESUELVE:

1) Apruébanse las Directivas Generales para la Producción Integrada de Manzano para la Zona Sur, que se adjuntan y forman parte de la presente resolución.

2) El cumplimiento de estas reglamentaciones oficiales es condición para el comercio de los productos frutícolas bajo la denominación de Producción Integrada tal como se establece en el Decreto N° 143/002 de 19 de abril de 2002.

3) La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial por el plazo de dos años. La misma podrá ser revisada y modificada a solicitud de la Comisión Coordinadora de la Producción Integrada cuando ésta lo considere oportuno.

4) Publíquese en el Diario Oficial y divúlguese a través de la Página Web del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

5) Remítanse las presentes actuaciones a la Dirección General de la Granja a los efectos de notificar a la Comisión Coordinadora de la Producción Integrada por corresponder.

6) Cumplido, vuelvan a la DGSA a los efectos de evaluar las solicitudes sobre otros cultivos.

Ing. Agr. LEONARDO OLIVERA URIARTE

DIRECTOR GENERAL

PROGRAMA 4

M.G.AP-SERVICIÓS AGRICOLAS

ANEXO – NORMA PARA LA PRODUCCIÓN INTEGRADA DE MANZANO

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