Resolución N° 219/018 DGSG Déjanse sin efecto las medidas sanitarias transitorias dispuestas en relación a la Influenza Equina
REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS
Montevideo, 30 de julio de 2018.
Res/Nº 219/018
VISTO: la situación sanitaria actual en relación a Influenza Equina en el territorio nacional;
RESULTANDO: I) en el mes de junio próximo pasado, se detectaron cuadros clínicos compatibles con Influenza, en equinos deportivos en varios Departamentos del país, habiéndose confirmado el diagnostico en el laboratorio oficial de DILAVE;
II) por resoluciones DGSG N° 185/018 y N° 193/018 de 11 de junio y 18 de junio del corriente, respectivamente, se implementaron medidas sanitarias en forma transitoria, a fin de mitigar el riesgo de difusión de la enfermedad en el ámbito nacional e internacional, con la excepción establecida por la resolución DGSG N° 206/018 de 3 de julio del corriente;
III) en virtud de la información proporcionada por los servicios técnicos de esta Dirección General, las medidas de control sanitario aplicadas, han arrojado resultados muy satisfactorios, observándose una remisión sustancial de la enfermedad e incidencia muy baja del número de casos con cuadros clínicos respiratorios
CONSIDERANDO: I) en el día de la fecha, se realizaron las comunicaciones correspondientes a la OIE, a fin de dar por finalizado el caso en relación a la enfermedad en nuestro país; II) oportuno y conveniente, levantar la totalidad de las medidas sanitarias transitorias dispuestas, en relación a Influenza Equina;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley N° 3.606 de fecha 13 de abril de 1910; artículo 215 de la ley N° 18.362 de 6 de octubre de 2008 y resoluciones DGSG N° 185, N° 193 y N° 206 de 11de junio, 18 de junio y 3 de julio del corriente respectivamente; y a lo establecido en las normas y recomendaciones de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE);
LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS
RESUELVE:
1- Déjanse sin efecto las medidas sanitarias transitorias dispuestas por las resoluciones DGSG N° 185 de 11 de junio de 2018 con la modificación introducida por la resolución DGSG N° 206 de 3 de julio de 2018 y resolución DGSG N° 193 de 18 de junio de 2018 en relación a Influenza Equina.
2- Comuníquese a las Divisiones Sanidad Animal, Industria Animal y DILAVE y a todas las dependencias de esta Dirección General, cometiendo a dichas Divisiones, la mayor difusión de la presente resolución.
3- Dese cuenta a la Dirección General de Secretaria y a la Unidad de Asuntos Internacionales.
4- Dese cuenta a la Dirección Nacional de Aduanas.
5- Publíquese en el Diario Oficial y en la Página Web del MGAP, comuníquese, difúndase.
Firmante: Dr. Eduardo Barre Albera - Director General