Resolución N° 420/022 MGAP Declaración de Emergencia Agropecuaria para los rubros de ganadería y lechería por razones climáticas

Se declara la Emergencia Agropecuaria, por razones climáticas, para los rubros de ganadería y lechería, en los departamentos y seccionales policiales alcanzados por la declaración de emergencia agropecuaria efectuada por Resoluciones ministeriales Nos. 1840/021 y 1841/021, ambas de 30 de diciembre de 2021, Nº 01/022, de 3 de enero de 2022, Nº 022/022, de 5 de enero de 2022, Nº 020/022, de 17 de enero de 2022 y Nº 118/022, de 4 de febrero de 2022, por el plazo de 90 días.

VISTO: la sugerencia efectuada por la Comisión de Emergencias Agropecuarias con fecha 3 de mayo de 2022;

RESULTANDO: que la precitada Comisión analizó la situación agroclimática actual del país, previendo una notoria falta de fibra al entrar el  próximo  invierno  en  los  departamentos y  seccionales  policiales abarcadas por la declaración de emergencia agropecuaria efectuada por Resoluciones ministeriales Nos. 1840/021 y 1841/021, ambas de 30 de diciembre de 2021, Nº 01/022, de 3 de enero de 2022, Nº 022/022, de 5 de enero de 2022, Nº 020/022, de 17 de enero de 2022 y Nº 118/022, de 4 de febrero de 2022; lo que habrá de determinar un escenario de crisis forrajera con impacto sobre los productores ganaderos y lecheros de dichas zonas;

CONSIDERANDO: que deviene necesario y conveniente, a efectos de contribuir a sostener la viabilidad de los productores precedentemente referidos, declarar la correspondiente emergencia agropecuaria por razones climática;

ATENTO: a lo expresado, y a lo previsto por el artículo 207 de la Ley Nº 18.362, de 6 de octubre de 2008 y al Decreto Nº 829/008, de 24 de diciembre de 2008;

EL MINISTRO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

RESUELVE:

1°) Declárase la Emergencia Agropecuaria, por razones climáticas, para los rubros de ganadería y lechería, en los departamentos y seccionales policiales alcanzados por la declaración de emergencia agropecuaria efectuada por Resoluciones ministeriales Nos. 1840/021 y 1841/021, ambas de 30 de diciembre de 2021, Nº 01/022, de 3 de enero de 2022, Nº 022/022, de 5 de enero de 2022, Nº 020/022, de 17 de enero de 2022 y Nº 118/022, de 4 de febrero de 2022, por el plazo de 90 días.

2°) Por la División Administración General dese cuenta a la Comisión de Emergencias Agropecuarias y publíquese en la página web de este Ministerio.

3°) Publíquese en el Diario Oficial.

4°) Cumplido, archívese.

Ing. Agr. Fernando Mattos Costa
Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca

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